Contraloría determinó que Arturo Díaz deberá devolver parte de su remuneración por duplicidad de horarios mientras ejerció como concejal

El
6 de abril la Contraloría Regional de Magallanes, dictaminó una
resolución tras una denuncia presentada por el exconcejal de Punta
Arenas, José Aguilante, en contra del exconcejal y exseremi de Gobierno
Arturo Díaz, por haber recibido una supuesta duplicidad de
remuneraciones.

Tras
la revisión de los antecedentes, el ente fiscalizador determinó que
algunos permisos otorgados al exconcejal Arturo Díaz fueron
improcedentes o que incluso en algunos casos, estos permisos no fueron
otorgados y que el funcionario aparece según los registros estar
cumpliendo funciones en el SAMU, mientras estaba en comisiones del
municipio o bien en Concejo Municipal.

Además
el ente fiscalizador, constató que algunos permisos tuvieron recién su
resolución durante los primeros meses del 2023, o sea 4 años después de
que el concejal ocupará dichos permisos, ante lo cual Contraloría señala
que también es improcedente.

Si
bien Contraloría indica que una persona que ejerce la labor de concejal
puede tener hasta 8 horas de permisos semanales, estos deben estar
regulados y justificados, que en este caso en algunas fechas no fueron
justificadas.

El
exconcejal Aguilante, quien presentó la denuncia en Contraloría, indicó
que “Contraloría regional me notificó como exconcejal de una
presentación que hice hace mucho tiempo, en relación con una supuesta
duplicidad de pagos del exseremi de Gobierno Arturo Díaz. Lo que
establece Contraloría es que efectivamente se incurrió en
irregularidades y tendrá que reponer los dineros como consecuencia de
haber hecho uso de horas laborales dentro del SAMU, perteneciente al
Servicio de Salud Magallanes, ocupándolas en horas de asistencia a
comisiones de la Municipalidad de Punta Arenas”.

Finalmente,
Contraloría en su resolución dictaminó que “según los antecedentes
expuestos, corresponde que ese organismo – Servicio de Salud- proceda a
determinar la cantidad de horas que deben descontarse de las
remuneraciones de Juan Arturo Díaz Valderrama, en base a las ausencias,
sin perjuicio que entre ambos acuerden imputarlas a feriados, permisos
con goce u horas compensadas como se indicó? precedentemente, lo que
deberá? acreditar y documentar en el Sistema de Seguimiento y Apoyo al
Cumplimiento de este Organismo de Control, para lo cual dispone de un
plazo de 60 días hábiles”.

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