A partir del 1 de octubre rige en todo el país la “Norma de
emisión de material particulado para artefactos que combustionen o puedan
combustionar leña y derivados de la madera” (DSN°39). Esta norma fue promulgada
en noviembre de 2011 y publicada en el Diario Oficial en julio de 2012.
Aunque su entrada en vigencia estaba programada para octubre
de 2013, esta se postergó un año para permitir la necesaria certificación de
las estufas.
Su objetivo principal es proteger la salud de las personas,
considerando que gran parte de las ciudades de la zona centro sur del país
sobrepasan las normas diarias y anuales de material particulado, y gran parte
de este proviene de la quema de leña para calefacción.
De acuerdo a los inventarios de emisiones desarrollados en
distintas regiones, la combustión residencial de leña corresponde al 45% de las
emisiones del valle central de O ?Higgins, a un 89% en Talca, 55% en el Gran
Concepción, un 97% en Temuco y Padre las Casas, y un 94% en Coyhaique, por
citar algunos ejemplos.
Esto tiene un impacto directo en la población expuesta, ya
que el material particulado que resulta de la combustión de madera es altamente
dañino para la salud. Un 96% corresponde a MP10, del cual un 93% son partículas
finas (MP 2,5) formadas, entre otros, por compuestos orgánicos.
Estos últimos incluyen sustancias conocidas por su toxicidad
cancerígena, como benceno, tolueno e hidrocarburos aromáticos policíclicos, lo
que produce efectos de corto y largo plazo, y afectan los sistemas
respiratorios y cardiovasculares de la población. Hoy hay cerca de 10 millones de
chilenos expuestos a altas concentraciones de material particulado, la gran
parte de este proveniente de la combustión de leña para calefacción.
En este escenario, el Ministerio del Medio Ambiente no
cuenta con antecedentes técnicos que justifiquen una nueva prórroga de la
entrada en vigencia de la norma. Este año, por primera vez, se aplicó de manera
masiva un plan de alertas sanitarias entre las regiones de O ?Higgins y Aysén, que
implicó medidas como la restricción al uso de calefactores, medida que demostró
ser eficiente en la disminución sustantiva de episodios críticos y de
concentración de contaminantes.
Pero para una disminución sostenida del material particulado
en el aire que respira la población se requieren medidas estructurales. Una de
ellas son los planes de descontaminación, en los que el Ministerio del Medio
Ambiente se encuentra trabajando de manera decidida para contar al fin de este
período con 14 planes nuevos, la gran mayoría por material particulado fino y
concentrados en Santiago y las ciudades del centro sur del país.
La nueva norma fija no solo estándares de emisiones, sino
también de seguridad (para evitar accidentes como incendios) y eficiencia
energética. Esto último implica además un ahorro para el usuario por la menor
necesidad de leña para calefacción, y al mismo tiempo una menor presión sobre
el bosque nativo para la obtención de madera para combustión.
La norma se aplicará desde hoy a los artefactos nuevos que
operan con leña y que tengan una potencia menor o igual a 25 kilowatts (kw). La
escala determina que los calefactores de menos de ocho kw deberán emitir 2,5
gr/h de material particulado; los de ocho a 14 (kw) hasta 3,5 gr/h, y los de
mayor potencia, hasta 4,5 gr/h.