El 20 de enero vence plazo para que alumnos ejerzan derecho a retracto

Es un aspecto importante a considerar por todos aquellos jóvenes que están en pleno proceso de postulación a la educación superior. Hasta el miércoles 20 de enero los estudiantes que ingresan a primer año de la educación superior tendrán plazo para  ejercer su derecho a retracto.
¿De qué se trata el derecho a retracto?
El derecho a retracto permite a los estudiantes que se han matriculado en una institución de educación superior (universidad, instituto profesional o centro de formación técnica) revocar su decisión y anular dicho contrato. Este es un derecho que no depende de las instituciones,  de cuándo se haya cancelado la matrícula, ni de cuál sea la institución a la cual el estudiante desea cambiarse, sino que está regulado en la ley.  La institución donde el estudiante esté anulando su matrícula, sólo podrá retener hasta un 1% del arancel anual de la carrera, lo cual se asocia a los gastos de administración incurridos. Es decir si se matricula en una universidad privada y al obtener los resultados de la PSU se da cuenta que le alcanza para una universidad estatal, aunque haya pagado, la universidad privada tiene que devolver el dinero (sólo puede quedarse con un 1%).
Además, mientras esté vigente el plazo de retracto, las universidades no pueden negociar los documentos que han recibido: no pueden endosarlos o darlos en garantía. Tampoco pueden entregarlos en comisión de cobranza. Deben retenerlos ante la eventualidad de que el alumno matriculado ejerza su derecho de retracto y le deban ser restituidos.
¿Cómo ejercer el derecho a retracto?
El primer paso es presentar el comprobante de la segunda matrícula ante la institución con la que originalmente se contrató.
Acompañar el comprobante de la segunda matrícula, idealmente con una carta, en la que se manifiesta que se quiere ejercer el derecho a retracto donde quede bien clara la fecha. La carta se puede descargar de www.sernac.cl/retracto
Pedirle a la institución que timbre o firme una copia de la carta de manera que quede constancia de la fecha en la que se hizo efectivo el derecho, por si hay problemas posteriores.
Si luego de transcurridos diez días corridos de este trámite y no se ha recibido la devolución del dinero o la confirmación de la disolución del contrato, debe insistir.
Si la respuesta es negativa, presentar el reclamo ante Sernac en www.sernac.cl
La directora regional del Servicio Nacional del Consumidor, Pamela Ramírez, hizo un llamado a los futuros estudiantes a informarse y ejercer, en caso de ser necesario, el derecho de retracto establecido en la Ley del Consumidor.
La autoridad regional explicó que las instituciones de educación superior están obligadas a respetar este derecho, lo que significa que deben devolver lo pagado y los documentos, en un plazo de diez días, desde que se ejerció el retracto. Por lo que no corresponde que, por ejemplo, se les diga a los jóvenes que “la plata se devuelve en marzo”, sentenció.

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