El gremio más grande de Punta Arenas intenta revertir el proyecto de desmunicipalización

El Gobierno tiene hasta junio de este año, como fecha para zanjar uno
de los proyectos más emblemáticos de su agenda; la desmunicipalización de la
educación.

La propuesta, que fue caballito de batalla en época de elecciones, se
ha convertido a dos años de gestión de Michelle Bachelet, en la piedra de tope
que impide avanzar en la batería de iniciativas transformadoras del Gobierno de
la Nueva Mayoría.

El proyecto fue firmado por la Presidenta el 2 de noviembre pasado, y
tiene defensores entre las filas de la NM y detractores transversales.
Independiente de las virtudes que pueda levantar, y entre ellas terminar con un
sistema imperante desde hace más de 30 años, las limitantes e indefiniciones
prometen que a partir de marzo, la lucha por constituir la nueva educación
pública será sin tregua.

La iniciativa se restringe a cambios de la administración, dejando en
la nebulosa la nueva lógica de financiamiento y la distribución de los
recursos, como así también la seguridad de la fuente laboral de miles de
trabajadores a nivel país. El nuevo sistema de educación pública, al que
pertenecerán los establecimientos estatales, se constituirá en servicios de
educación local.

El sindicato de Asistentes de la Educación de Punta Arenas, y las
Federaciones Nacionales, se han opuesto y han presentado indicaciones
tendientes a respetar el movimiento sindical, la estabilidad de sus dirigentes,
el fuero laboral, el derecho a la negociación colectiva, el derecho a huelga,
la vigencia de los contratos individuales y colectivos de trabajo. A su vez,
demandan que conjuntamente con el traspaso a los Servicios Local de Educación,
se les indemnicen los años ya trabajados porque en realidad, según ellos, se
encubre un cambio de empleador que se ejecutaría sin el consentimiento del
trabajador. Igualmente, demandan que los municipios y corporaciones municipales
sean solidariamente responsables de las deudas laborales y previsionales. “Pues
esta reforma, castigaría a quienes han tenido una buena gestión y premia a
quienes dejarían deudas y un hoyo previsional en perjuicio de los
trabajadores.  Hemos hecho presente la
necesidad de formular exigencias para el traspaso que garanticen una buena
gestión en el período de transición que no permita los despidos, el nepotismo y
las contrataciones de última hora”, dijo el Presidente del Sindicato de los
Asistentes de la Educación de Punta Arenas, Javier Quintul.

Punto de quiebre

El proyecto de ley en su artículo 37 transitorio, trata del traspaso
de los profesionales de la educación, asistentes de la educación y personal de
educación parvularia, a su vez, el artículo 38 versa sobre la protección de los
derechos de los trabajadores. Estos dos puntos, representan los ejes
fundamentales de la batalla que los asistentes de la educación darán,
específicamente desde Punta Arenas, ya que el presidente de ese sindicato, fue
invitado en dos oportunidades, al Ministerio de Educación junto a su directiva
local, oportunidad en la que expresaron una vez más su rechazo tajante a lo que
ellos consideran es un retroceso en los derechos obtenidos.

Quintul señaló: “En nuestro análisis, se destacan las diferencias que
existen entre los asistentes de la educación, según que, éstos presten
servicios para los municipios o corporaciones municipales, y que tienen su
origen en el distinto trato que el legislador les dio en la Ley 19.464,
específicamente en lo concerniente al derecho de asociación y a la negociación
colectiva, conforme a los artículos 4, 6 y 14 de la Ley 19.464 y
supletoriamente por el Código del Trabajo”.

La reunión realizada este miércoles en Santiago, fue determinante para
que los legisladores distinguieran las distintas naturalezas jurídicas del
empleador para los cuales prestan servicio los trabajadores asistentes de la
educación, pues si bien, en las Direcciones de Educación Municipal, como en las
Corporaciones Municipales de Educación, se rigen por la Ley 19.464 y
supletoriamente por el Código del Trabajo, en el caso de las corporaciones
éstas no integran la Administración del Estado, en cambio las Direcciones de
Educación Municipal, integran la orgánica municipal. 

En un caso, se reconoció
expresamente el derecho a la negociación colectiva, en el otro se les remitió a
la Ley 19.296, congruente con la distinta naturaleza jurídica de la
institución.

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