El
Sindicato de Trabajadores de ENAP a través de su presidente Alejandro
Avendaño emplazaron a la Contraloría Regional de la República a
pronunciarse respecto del impuesto a los combustibles que rige desde
1986, el cual fue establecido con la finalidad de hacer uso de estos
dineros en reparaciones de las distintas carreteras a lo largo del país.
Ante esta situación, Avendaño señaló: “aquí claramente entendemos que
dicha ley está mal aplicada siendo primeramente transitoria ya que fue
creada bajo un estado de excepción constitucional y nuestra Constitución
en su artículo 44, inciso último, dice: ‘Las medidas que se adopten
durante los estados de excepción no podrán, bajo ninguna circunstancia,
prolongarse más allá de la vigencia de los mismos’”. En la misma línea
añadió que “por tal motivo llegamos hasta la Contraloría Regional para
obtener un pronunciamiento en el sentido que se estaría aplicando o
interpretando mal dicha ley ya que en el caso de Puerto Williams no hay
carreteras, Porvenir en Tierra del Fuego no usa carreteras y el resto de
la región tampoco ya que para acceder al norte del país se deben usar
carreteras argentinas”.
La
Ley 18.502 de Impuesto a los Combustibles establece un impuesto anual a
beneficio fiscal, para los vehículos motorizados que transiten por las
calles, caminos y vías públicas en general.
Asimismo,
en el documento se solicita un segundo pronunciamiento respecto del
aumento progresivo del impuesto específico, ya que cuando nace la ley el
impuesto era de 2 UTM para las gasolinas por metro cúbico y 1,5 UTM
para el Diésel por metro cubico y a partir de año 1990 se fue
incrementando hasta llegar a los actuales 6 UTM.