Exconvencional Giustinianovich es multada en más de $ 1 millón 200 mil por realizar propaganda política fuera de plazo

En
abril de 2022, la exconvencional constituyente por Magallanes Elisa
Giustinianovich, fue denunciada por más de una decena de ciudadanos ante
el Servicio Electoral (Servel) de Chile, debido a que consideraban que
estaba realizando propaganda electoral por el “Apruebo” durante un
periodo no permitido.

En
dicha oportunidad, fue el propio consejero regional Alejandro Riquelme
(Republicanos), quien expresó que “el día hoy (domingo) la convencional
Elisa Giustinianovich, junto a su pareja, Juan Herrera Andrade, y el
realizador audiovisual Cristián Valle Celedón, estuvieron dentro de las
dependencias del recinto franco de Punta Arenas, Zona Franca,
repartiendo folletos donde llamaban abiertamente a apoyar la opción
‘Apruebo’, en abierta infracción de la Ley Electoral y el período de
propaganda para el Plebiscito de Salida a realizarse el 4 de
septiembre”.

La
Ley Electoral define como propaganda electoral todo evento o
manifestación pública y la publicidad radial, escrita, en imágenes, en
soportes audiovisuales u otros medios análogos, siempre que promueva una
opción del Plebiscito de Salida.

Tras
un año de investigación y recopilando información de los denunciantes y
denunciados, el Servicio Electoral de Chile, emitió en abril su
resolución, en la cual señala que las tres personas denunciadas deberán
pagar una multa de 20 UTM ($1.261.480 al valor de hoy) al municipio de
Punta Arenas. Lo anterior se puede apreciar en la resolución 1.925 de
este año del Servicio
Electoral.

Específicamente
en la sanción, la resolución indica que “disponerse la aplicación de
multa en el procedimiento administrativo sancionatorio Rol N° 633/2022,
doña Elisa Amanda Giustinianovich Campos, a beneficio de la Ilustre
Municipalidad de Punta Arenas de 20 UTM, por haber infringido lo
dispuesto en el inciso noveno del artículo 35 de la Ley N° 18.700,
orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios, al
haberse efectuado propaganda electoral antes del plazo legal
establecido, mediante la entrega de folletos publicitarios que inducen a
apoyar a una de las opciones sometidas a consideración de la ciudadanía
en la elección correspondiente al Plebiscito Constitucional 2022, a los
transeúntes ubicados en la Zona Franca de la comuna
de Punta Arenas, el día 24 de abril de 2022”.

Tras
la sanción impuesta por el Servel la exconvencional podría apelar a la
determinación del órgano fiscalizador, teniendo éste que dictaminar una
nueva resolución.

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