Las etapas que quedan en el segundo proceso constitucional

Con
los resultados de las votaciones de los consejeros constitucionales, se
inició una nueva etapa en el proceso de elaboración de una segunda
propuesta de Constitución Política después del Estallido Social

De
acuerdo con el calendario oficial del proceso, hay cuatro fechas
importantes por venir, entre las cuales se encuentra esta consulta
popular, en donde se votará A Favor o En Contra.

– 6 de junio: Término del trabajo de la Comisión Experta.

– 7 de junio: Instalación del Consejo Constitucional.

– 7 de noviembre: Término del trabajo del Consejo Constitucional.

– 17 de diciembre: Plebiscito de Salida.

En
definitiva, el proceso constituyente en Chile continúa su curso, con el
inicio de una nueva etapa en la redacción de la Constitución. Con el
Plebiscito de Salida programado para el 17 de diciembre, se espera que
los ciudadanos chilenos tengan la oportunidad de expresar su sentir.

¿Qué pasa con el Consejo Constitucional si gana el rechazo nuevamente?

El
Plebiscito de Salida de este proceso se realizará el 17 de diciembre.
La ley 21.533 indica que, “si la cuestión planteada al electorado en el
plebiscito nacional constitucional fuere ratificada, el Presidente de la
República deberá (…) convocar al Congreso Pleno” en un plazo de 5
días. “Para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o
prometa respetar y acatar la nueva Constitución Política de la
República”.

“Dicho texto será publicado en el Diario Oficial
dentro de los diez días siguientes a su promulgación y entrará en
vigencia en dicha fecha”. Dice la ley. “A partir de esta fecha, quedará
derogada la presente Constitución Política de la República. Cuyo texto
refundido, coordinado y sistematizado
se
encuentra establecido en el decreto supremo Nº 100, de 17 de septiembre
de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, agrega
el texto de la ley.

Sin
embargo, la ley no se establece ninguna especificación en caso de que
gane la opción del rechazo a este nuevo texto. A diferencia del proceso
del 2022, en el que el artículo 142 de la Constitución explicita que “si
la cuestión planteada al electorado en el plebiscito ratificatorio
fuere rechazada, continuará vigente la presente Constitución”.

De
esta forma, no hay una respuesta oficial sobre qué ocurre en caso de
que el 17 de diciembre llegue a ser rechazada la propuesta de
Constitución.

Es
decir, si se rechaza por segunda vez una propuesta constitucional, se
entiende que se mantendría la actual Constitución Política de la
República. Pero no está claro en la ley si esto indica que comenzará
otro proceso para una tercera propuesta, respetando los resultados del
plebiscito de 2020.

Con aquello a la vista sólo queda esperar el resultado del trabajo que realicen los consejeros constitucionales.

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