La norma se pondrá en marcha en todos los prestadores de salud que realizan el procedimiento, es decir, los públicos y privados que estén en convenio con los servicios de salud, de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad y recintos privados.
La norma establece un modelo de atención integral basado en las decisiones que esta determina: el procedimiento para cada una de las causales, el programa de acompañamiento, la forma de proceder por el consentimiento informado, y los métodos de la interrupción del embarazo.
En general se establece que los niveles primarios de atención como consultorios, servicios de urgencia, centros comunitarios y rurales de salud, entre otros serán sólo recintos derivadores de la paciente a los centros de especialidad, con un plazo de 24 horas.
Las unidades de salud de especialidad, es el lugar donde se realizará la constitución de la causal, mientras que los centros de salud terciarios, como con los centros de alto riesgo obstétrico resolverán los casos de mayor complejidad.