Tras una serie de procesos burocráticos, notificaciones y la intervención de Contraloría, se estableció una interpretación para una gran parte del territorio comunal, a lo que el Plano Regulador se refiere.
En pocas palabras, se indicó que por lo que se logra interpretar del actual plano regulador, una buena parte de los terrenos de la zona norte de la ciudad vendrían siendo supuestamente inundables, y por lo tanto, no estaba permitida la construcción y modificación de viviendas y otros edificios.
Esto encendió las alarmas en distintas entidades gubernamentales y organizaciones, ya que existen proyectos del Gobierno Regional e inmobiliarios, que se verían en la obligación de suspender sus gestiones y construir en otra parte. Sin embargo, se alegó que los terrenos son aptos y que el Plano Regulador era impreciso.
Por esto, se decidió modificar el Plano Regulador, para que así no haya dudas. El proceso comenzó el 5 de diciembre de 2019, el cual, fue interrumpido en marzo debido a la pandemia, puesto que se iban a realizar audiencias (necesarias para cumplir con el proceso) de manera presencial los días 19 y 26. El proceso que tuvo que suspenderse.
Para poder retomar las audiencias en forma remota, Contraloría a través del Dictamen Nº10.084 de 17 de junio 2020 permitió la realización de las audiencias remotas, para lo cual se tuvo que modificar la ordenanza de participación ciudadana municipal e incluir la realización de audiencias remotas en octubre.
Según explica la asesora urbana de la Secretaria Comunal de Planificación (Secplan), Ángela Salazar, gracias a esto pudieron realizar las audiencias correspondientes a la presentación de la imagen objetivo de esta modificación, realizando 10 audiencias con servicios públicos, Cosoc, dirigentes de juntas de vecinos, y los propietarios afectados.
Este proceso comenzó el 23 de noviembre y hay plazo hasta el 22 de diciembre para presentar consultas y observaciones a la propuesta.
El documento se encuentra en la página web del municipio para descargar, junto con el formulario de observaciones que se envía al correo, observacionesplanregulador@e-puntaarenas.cl.
“Cabe mencionar que todos estos plazos y proceso son normados por la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Luego de esta etapa de imagen objetivo viene la etapa de anteproyecto y proyecto final, nuevamente con una serie de audiencias públicas y con las correspondientes aprobaciones de la Seremi de Vivienda, Consejo Regional, resolución de intendente y publicación en el diario, completa su proceso. Es importante indicar que no se modificará la planimetría, sólo es un cambio en la Ordenanza, para que una vez aplicado el Art.2.1.17 de la O.G.U.C., que tiene relación con los estudios fundados y mejoramiento de terreno, se puedan usar las condiciones urbanísticas de las Zonas del Plan Regulador que se encuentran bajo estas áreas inundables. Esto permitirá recuperar terreno para viviendas y equipamientos entre otros. Y esta modificación sólo incluye las áreas inundables no otros temas”, explicó Salazar.