Multa por mal utilizar un estacionamiento de discapacitados puede superar los $ 70 mil

La medida se concertó a través de la Dirección del Tránsito del
municipio y se han reservado esos lugares en distintos puntos de la ciudad.

Por ejemplo, existen en las esquinas de la Plaza de Armas, frente a
las dependencias del BancoEstado; en calle Pedro Montt, inmediatos a la entrada
de vehículos de la Secretaría del Trabajo; en Avenida Colón  esquina con Magallanes, a escasos metros de
la capilla del Liceo María Auxiliadora, y en Lautaro Navarro con José
Menéndez;  y en Quillota con Carrera
Pinto, casi al llegar a las oficinas de la Seremi de Educación, por señalar
sólo algunos.

Los estacionamientos están debidamente señalizados, con el ícono
pertinente y sólo pueden ser utilizados por personas discapacitadas.

Para ello, no es suficiente que el vehículo que quede estacionado allí
tenga en algún lugar visible de su carrocería la llamada “Cruz de Malta”,
porque la obligación legal establece que debe acreditarse que el vehículo es de
una persona con capacidades diferentes o que sirve para transportarlo por esa
misma condición.

Quienes estacionen los vehículos destinados a tales fines, deben
instalar en el costado derecho del parabrisas, la credencial, con fotografía y
datos personales del discapacitado, documento que sólo entrega el Registro
Nacional de la Discapacidad y que se debe tramitar a través del Compin.

Esa misma norma rige para aquellos estacionamientos que se han
señalizado en los sectores residenciales, a petición de los propios vecinos y
cuya solicitud ha sido aprobada por la Dirección del Tránsito municipal.

Aquellas personas que no respeten el uso exclusivo de los espacios
señalizados y establecidos por el municipio, a través de la  Dirección del Tránsito, están expuestas a ser
notificadas de la infracción que han cometido ya sea por Carabineros;
inspectores municipales o fiscalizadores del Ministerio de Transportes y
deberán concurrir a un Juzgado de policía local.

Si no logran acreditar debidamente ante el magistrado de ese tribunal
su condición de discapacitados o la documentación exigida, deberán pagar una
multa que parte en las dos unidades tributarias mensuales, es decir, casi 70
mil pesos.

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