La Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó el miércoles el fallo
que decretó el embargo de nueve cuentas corrientes de la Corporación Municipal
(Cormupa) para cancelar las prestaciones de 74 profesores. Las cuentas
contienen un saldo total de $ 435.742.269.
La Cormupa buscaba que la decisión del Tribunal no se hiciera válida
debido a que según los directivos de la entidad, dichas cuentas no podían ser
embargadas por ley. Sin embargo, en fallo unánime, la primera sala del Tribunal
de Alzada, integrada por los ministros María Isabel San Martín, Marcos
Kusanovic y el fiscal judicial Fabio Jordán, ratificó la resolución apelada,
dictada por el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Punta Arenas.
El fallo señala que “(…) tal como lo ha sostenido esta Corte al
mantener los embargos decretados en sentencias anteriores (….) todas sobre
cobranza laboral, la inembargabilidad es excepcional, y si bien en el número 18
del artículo 445 del Código de Procedimiento Civil se indica que son
inembargables los demás bienes que leyes especiales prohíban embargar, no es
posible sostener que el artículo 32 de la Ley N° 18.695, citado en este caso,
resulte aplicable para dicho efecto”.
La resolución agrega que “sólo recae sobre bienes de las
municipalidades a que alude de un modo expreso y no sobre bienes de las
Corporaciones Municipales de derecho privado que no menciona, por lo que siendo
entidades distintas, no es posible estimar como bienes inembargables los
dineros pertenecientes a estas últimas, afectando con dicha interpretación los
derechos de los trabajadores a que se les paguen las prestaciones laborales que
se les adeudan”.
Al ser consultado el secretario general de la Corporación Municipal,
Segundo Álvarez, sobre este fallo, manifestó que “esto es algo que no es de
ahora, esto viene desde hace un tiempo, en su momento fueron embargadas
nuestras cuentas bancarias y lo que buscábamos era justamente que las cuentas
volvieran a nuestro poder, manifestando que era ilegal el proceder, pero lo que
hoy ha manifestado la Corte es que es legítimo el embargo y tendremos que
seguir viendo los pasos a seguir”.