Una serie de campañas y eslogans han llamado a la comunidad y a sus organizaciones a crear “ciudades amables”, ciudades gentiles, ciudades que permitan el desplazamiento de las personas con discapacidad, especialmente físicas.
Se ha invertido una gran cantidad de recursos en esas campañas, pero, o estaban mal diseñadas, no eran motivantes como se pensó por parte de sus bien pagados creativos o, lisa y llanamente, sus mensajes cayeron en el pozo de la indiferencia más profunda o no fueron escuchados ni vistos.
Lo concreto es que en numerosos edificios de la administración del Estado, los accesos para los discapacitados no existen, no han sido construidos, tal vez a la espera de que la fecha del obligatorio cumplimiento de la norma esté más cercana.
Claro, porque los servicios públicos tienen aún un plazo de dos años más, hasta el 2018, para dotar a sus edificios de rampas de acceso para las personas discapacitadas.
En Punta Arenas, por citar sólo un par de casos, el edificio de la Intendencia Regional de Magallanes y Antártica Chilena, no dispone de ese acceso especial y sus escaleras de acceso, si bien no son altas, para una persona con discapacidad es un obstáculo serio.
Tampoco lo tiene el edificio de la ENAP Magallanes. Ni las oficinas del BancoEstado ni la Catedral, aunque una puerta lateral permite el acceso al templo por calle Monseñor Fagnano.
¿Se ha visto rampas de acceso para discapacitados en las nuevas dependencias de la Gobernación de Magallanes, en calle Roca? Al parecer, no
Pero sí las hay en el edificio Cormag, el que fuera sede del Gobierno Regional hasta hace unos años. También el de los edificios públicos, en calle Croacia y en el que acoge a los servicios del agro, en Avenida Bulnes y al que tiene como sede a la Secretaría de Educación, en calle Carrera Pinto.
Se está al debe, porque se sabe que hasta un ciudadano ilustre de la región distinguido recientemente, tiene dificultades para acceder a los servicios públicos ya mencionados.
Caso aparte es el edificio donde funciona la Municipalidad de Punta Arenas, que tampoco tiene ese tipo de acceso por un problema de inclinación, situación que se ve agravada porque las oficinas alcaldicias están en el segundo piso del Palacio Montes y para llegar hasta el despacho de la máxima autoridad comunal hay que vencer una larga y empinada escalera.
¿Qué dice la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones?
“Tratándose de inmuebles definidos como áreas de protección de recursos de valor patrimonial cultural, el Director de Obras Municipales podrá, previa solicitud fundada por parte del propietario, autorizar excepcionalmente a este artículo. Dicha solicitud deberá fundarse en aspectos estructurales, constructivos o que afecten al valor patrimonial cultural del inmueble”.
Una diferencia para aplicar esta norma en el Palacio José Montes es porque la exigencia para instalar una rampa de acceso, debe tener un nivel de inclinación que no supe