La
primera sala de la Corte de Apelaciones de la ciudad, integrada por los
ministros Víctor Stenger, María Isabel San Martín y Luis Álvarez ordenó
la retención de 100 millones de pesos de la Corporación Municipal de
Punta Arenas (Cormupa), tras un recurso de apelación que presentó la
defensa del exjefe de contabilidad de dicha entidad tras haber sido
desvinculado “injustificadamente”.
Pese a que el organismo municipal ya había consignado un monto de 55 millones de pesos
en la cuenta del tribunal, ahora está obligado a entregar otros 45
millones de pesos para completar la suma total resuelta por la Corte.
La
causa tuvo su origen el 10 de enero de este año, cuando el abogado José
Luis Pérez, socio de DefensaMagallanes.cl presentó una demanda de
tutela de garantías ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Punta
Arenas en contra de la Cormupa, por la
presunta vulneración de derechos de su representado Juan Vargas
Quilahuilque, quien se desempeñaba como jefe de contabilidad de dicha
entidad.
La querella de Radonich
En
el 2019, el trabajador había sido despedido cuando el alcalde Claudio
Radonich, en marzo de ese año, interpuso una querella ante el Juzgado de
Garantía de Punta Arenas por un presunto delito de fraude al fisco, lo
que derivó en la desvinculación del funcionario. No obstante, el ente
municipal retrocedió en su decisión y determinó reintegrarlo a sus
funciones a los pocos días debido a que el sindicato se manifestó ante
el despido injustificado.
“Esa
querella no ha sido tramitada, ni siguió su efecto normal, finalmente
lo terminaron despidiendo igual pese a que no se ha podido comprobar
actualmente que él es responsable de un delito. Hay una investigación
penal, pero ya lleva más de un año y el tribunal en su momento cuando se
presentó la querella dijo que no constituía delito, pero de todas
formas se remitieron los antecedentes al Ministerio Público”, explicó el
profesional letrado.
En
dicha acción penal se indicaba que Vargas Quilahuilque, quien ingresó a
trabajar a la Cormupa en 1990, era el responsable de que no se hubiese
impreso los asientos contables de los años tributarios desde 2009 a
2017, lo que implicó la retención por parte del
Servicio de Impuestos Internos (SII) de más de 300 millones de pesos.
No obstante, el querellado recién en septiembre de 2017 había sido
nombrado como jefe de contabilidad del área de Finanzas de la Cormupa,
quien además habría solicitado personal adicional para poder cumplir con
la regularización de la situación de todo el periodo, lo cual no habría
sido acogido por el secretario general respectivo.
“La
Inspección del Trabajo determinó que hubo vulneraciones en contra de él
porque se le había acusado de algo, teniendo en cuenta que mi
representado no estaba en el cargo cuando ocurrieron los hechos”,
sostuvo el abogado, detallando que tras lo anterior la Cormupa fue
condenada por vulneración de derechos y sancionada a pagar una multa.
Demanda contra la Cormupa
Pese
a aquello, y a haber sido reintegrado, en el mes de noviembre del mismo
año fue finalmente despedido por necesidades de la empresa, momento en
el cual inició los trámites para demandar al organismo municipal.
En
dicha demanda se solicitaba una millonaria retención de dinero a la
corporación antes de que se dicte algún tipo de sentencia, con la
finalidad de asegurar los resultados del juicio. Al respecto, el
tribunal determinó en primera instancia que el monto fuese de 60
millones de pesos. Sin embargo, esto no fue del parecer de la parte
demandante, por lo cual se interpuso el 8 de febrero de este año un
recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, para
subir el saldo retenido a 100 millones de pesos, fallo que fue acogido
esta semana por el tribunal de alzada.
“Cuando
uno demanda a alguien no siempre se tiene la certeza de que la otra
parte vaya a pagar cuando pierda el juicio. Por eso existe una
posibilidad llamada medida precautoria, que le exige a la contraparte a
que el tribunal retenga ciertos montos al demandado. En este caso, como
la Cormupa tiene una muy mala situación económica y siempre vive
demandada, no había certeza de que le paguen a mi representado, por lo
que solicitamos este embargo”, explicó el abogado Pérez.
No es una sentencia
Cabe
señalar que este pronunciamiento por parte del máximo tribunal
magallánico no es una sentencia, puesto que aún no ha concluido el
juicio laboral contra la Cormupa, pero sí es una medida para asegurar
los resultados del mismo, no pudiendo recurrir la parte demandada ante
la Corte Suprema para impugnar dicha resolución.
Asimismo,
durante esta jornada se llevará a cabo la primera audiencia del juicio
en contra del organismo municipal, donde se presentarán los principales
medios probatorios, como documentos y testigos, que dispone la parte
demandante para sustentar sus argumentos.