Por orden de Contraloria: Desarrollo Social deberá reincorporar a funcionaria desvinculada

Un
nuevo revés sufrió el seremi de Desarrollo Social, Danilo Mimica, quien
en diciembre le informóó a la funcionaria D.E.E que no se le renovaría
su contrata para el periodo 2023. Tras la determinación de Mimica, la
funcionaria decidió acudir hasta la Contraloría Regional, por despido
injustificado.

La
funcionaria desvinculada argumentó que “no se encontraría debidamente
fundada la desvinculación, considerando que se encuentra amparada por el
principio de confianza legítima”.

Ante
lo anterior Contraloría señaló que “sobre el particular, cabe señalar
que la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control c
ontenida
en los dictámenes N°s. 22.766, y 85.700, ambos de 2016, ha precisado
que las reiteradas renovaciones de las designaciones a contrata -desde
la segunda al menos-, generan en los funcionarios la confianza legítima
de que dicha práctica será reiterada en los mismos términos en el
futuro, siempre que esta se extienda por un periodo que alcance más de
dos años, de modo tal que para adoptar una determinación diversa resulta
necesario que la superioridad emita un acto administrativo que exprese
los fundamentos que avalan la respectiva decisión”.

Tras
lo anterior y luego de seis meses desde que la Contraloria comenzó a
estudiar el caso, el ente fiscalizador emitió su resolución en el
documento E361452 / 2023, en el cual señala que el despido fue
injustificado y que la funcionaria debe ser reintegrada a sus funciones.
Además se le deben cancelar sus sueldos durante los seis primeros meses
de 2023.

“De
los antecedentes tenidos a la vista y del Sistema de Información y
Control del Personal de la Administración del Esta-do -Siaper-, que
mantiene esta Entidad Fiscalizadora, aparece que la señora D.E.E fue
contratada por la Subsecretaría de Servicios Sociales, mediante
sucesivas contrataciones ininterrumpidas, desde el 10 de julio de 2019
al 31 de diciembre 2022, originándose en su caso la confianza de que
tratan los mencionados pronunciamientos”, dice el escrito.

“Es
dable hacer presente que los fundamentos expuestos en el aludido acto
administrativo que dispuso la no renovación de la contrata de la
interesada, no satisfacen la exigencia de motivación requerida pues en
armonía con lo señalado en el aludido dictamen N° E156769, de 2021, no
resulta procedente invocar una mala evaluación del desempeño,
particular, especial o ad hoc, para fundar el término de una contrata”
culmina el documento del ente fiscalizador.

Concluyendo
el informe de Contraloria que “en consecuencia, corresponde que la
Subsecretaría de Servicios Sociales disponga la renovación del vínculo
con la señora D.E.E, en los mismos términos de su última contratación,
reincorporándola a sus funciones, debiendo pagarle las remuneraciones
correspondientes al tiempo durante el cual se vio separada indebidamente
de sus labores, ya que dicho impedimento proviene de una situación de
fuerza mayor, no imputable a ella, informando de lo actuado a esta
Entidad Fiscalizadora, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la
recepción del presente oficio”.

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