En
junio de 2016 entró en vigencia la Ley de Etiquetados en Chile, orden
que obligó a rotular los alimentos envasados que contengan un alto
contenido en calorías, azucares, sodio y grasas saturadas.
Los
famosos sellos negros “altos en” comenzaron a observarse en los
envoltorios cuando en 100 gramos superan las 350 calorías los 800 mg de
sodios, los 22,5 gramos de azucares y los seis gramos de grasas
saturadas, mientras que los líquidos los llevan si en 100 ml superan las
100 calorías, los 100 mg de sodio, los seis gramos de azúcares y los
tres gramos de grasas saturadas.
El
próximo 26 de junio entrará en vigencia la segunda parte de esa ley que
será más estricta. De acuerdo a lo estipulado en la norma, llevarán
sellos los sólidos que en 100 gramos tengan más de 300 calorías, 500 mg
de sodio, 15 gramos de azúcar y cinco gramos de grasas saturadas.
Sobre la segunda parte de esta ley, el encargado de la Unidad de Alimentos, de la Seremi
de Salud, Alex Lucero, explicó que “la ley tenía la característica de
ser gradual en su implementación, por lo que desde su entrada en
vigencia, se estableció la implementación gradual de los límites
establecidos para los nutrientes críticos (calorías, grasas saturadas,
azúcares y sodio).
Es así que a partir del 26 de junio de este año,
comienzan a regir estos nuevos límites para los alimentos envasados para
los cuales ya regía esta normativa. La tercera etapa entra en vigencia
el 26 de junio del 2019, donde quedarán fijados los límites finales de
nutrientes críticos que deberán contener los alimentos. Se adjunta tabla con gradualidad de la implementación, para entender mejor lo señalado”.
En Magallanes, existen productos que tienen el sello “alto en” que dicen “bajos
en azúcares” lo cual es contradictorio, para esto Lucero dijo que “la
Secretaría Regional Ministerial de Salud de Magallanes fiscaliza el
cumplimiento de la Ley de Etiquetado, verificando que todos los
productos, tanto nacionales como importados, cumplan con la normativa en
materia de sellos.
En el caso de los productos del extranjero que
contienen nutrientes críticos por sobre la norma, es el importador el
que debe colocar
los logos para adecuarlos a la normativa chilena. Ante situaciones de
no cumplimiento de esta normativa, se debe realizar la denuncia ante la
Autoridad Sanitaria a fin de realizar la fiscalización e investigación
correspondiente”, indicó.
Consultado
sobre el por qué en las afueras de los establecimientos educacionales
venden productos “altos en” dijo “la ley no contempla la restricción
de venta de alimentos “Altos en..” fuera de los establecimientos
educacionales, sólo en su interior, por lo que el Ministerio de Salud
hasta ahora lo que ha realizado, es fomentar e incentivar que las
Municipalidades elaboren ordenanzas para controlar este aspecto. Se trata de que son situaciones puntuales y que no forman parte del reglamento”.
La tercera y última fase de la ley se llevará a cabo el 26 de junio de 2019 y será aún más estricta.
@JesúNieves