Daniela Mora
dio a conocer la medida que
facilita la realización de los trámites de Inscripción de recién nacidos;
Procedimiento de licencias médicas y Eliminación de beneficiarios por
fallecimiento, que requieren de la ejecución de gestiones previas del Registro
Civil e Identificación. Organismo que se encuentra paralizado en sus
actividades desde el 29 de septiembre de 2015.
Mora explicó
que “las Isapres deberán aceptar excepcionalmente el documento denominado
Comprobante de Atención de Parto, entregado por los establecimientos de salud,
para la inscripción de los recién nacidos como beneficiarios de la Isapre y
para acreditar la fecha del nacimiento, en la tramitación de la respectiva
licencia maternal. Asimismo, las aseguradoras privadas deberán aceptar el
Certificado Médico de Defunción para acreditar el fallecimiento del titular y
para llevar a cabo el retiro de beneficiarios del contrato de salud”.
Esta medida excepcional, queda sujeta a la
posterior regularización del trámite pertinente mediante la presentación del
certificado de nacimiento o de defunción, según corresponda, ante la Isapre,
dentro de los 90 días siguientes, contados desde que se tome conocimiento
público de la finalización del paro.