Entre los cambios, el Senado definió como espacio interior o cerrado aquel espacio cubierto por un techo o cerrado entre una o más paredes o muros, independientemente del material utilizado, de la existencia de puertas o ventanas y de que la estructura sea permanente o temporal.
Asimismo, se estableció la prohibición de la publicidad del tabaco y de elementos de las marcas relacionadas con dicho producto.