Por el delito de lesiones menos graves en contra de Cristian Contreras Burgos recibió una pena de 61 días; y por el delito de lesiones graves en perjuicio de Felipe Chacón Gutiérrez fue condenado a 541 días de presidio (ambos funcionarios de Ejército).
Por no reunir los requisitos legales el Tribunal Oral no le concedió beneficios extracarcelarios y deberá cumplir la pena en forma efectiva.
El cumplimiento de las penas se le comenzará a contar desde el día 6 de marzo de 2010, fecha desde la cual se encuentra privado de libertad en razón de estos antecedentes.
El juez Pablo Miño votó en contra de la resolución judicial, en cuanto a que fue del parecer de absolver al acusado del delito de lesiones perpetrado con fecha 23 de enero de 2010, porque en su concepto, en relación a este delito sólo existe como prueba de cargo, la declaración de la eventual víctima, de su amiga y del funcionario de carabineros que adoptó el procedimiento.