Para Ortiz, lo ocurrido en el jardín Remolino es preocupante: “esta situación nos mueve a realizar un nuevo llamado a los parlamentarios a legislar sobre la obligatoriedad del empadronamiento que da JUNJI a los establecimientos de educación inicial. Es posible legislar, sólo hay que decidir hacerlo de una vez. JUNJI debe ser la institución responsable de todos los jardines infantiles y salas cuna y ser quien apruebe o rechace la construcción, habilitación y funcionamiento de ellos, nuestros 41 años de experiencia nos avalan. Esta tarea hoy la cumplen las municipalidades y ellas sólo tramitan temas de infraestructura y mobiliario.”.
En dicha institución explicaron que las exigencias para que un jardín infantil o sala cuna sea empadronado debe cumplir con requisitos de infraestructura, que las educadoras y técnicas que trabajen en las aulas posean los títulos educacionales correspondientes, patente comercial al día, aprobación sanitaria de los servicios de salud, y que el personal del recinto tenga las competencias y la idoneidad necesarias para cuidar y educar a niñas y niños. Sin embargo, este empadronamiento no es obligatorio para los jardines particulares.
La máxima autoridad de JUNJI considera que “las muertes de niños y niñas en jardines y salas cuna son hechos que no pueden suceder nuevamente, las educadoras y técnicas deben ser personas calificadas tanto en educación como en cuidado de párvulos y deben mantener una vigilancia constante de todos ellos durante su permanencia en los establecimientos. Eso es lo que esperan las mamás y papás cuando confían el cuidado de sus hijos a un jardín o sala cuna”.