El
Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (Conar) realizó un balance de
los últimos cinco años. Del total de casos reclamados durante este período, el
80% fue recibido a tramitación, (el 70% de ellos fue acogido y el 30%
rechazado) y el 20% restante correspondió a temas de servicio, como los
productos defectuosos. De estas denuncias, el 35% fue realizada por personas
naturales, 46% por empresas o agencias y 19% de oficio y otras organizaciones.
El artículo 8 fue el más infringido
durante este período (2016 – 2021), con presencia en el 36,42% de los fallos.
En este, se aborda la veracidad, engaño, pretensión exagerada y absolutos
publicitarios. Le sigue el artículo 14, de Publicidad Comparativa, en el 12,72%
de los casos, el cual hace referencia a toda aquella comunicación comercial que
reclame superioridad o ventajas de un producto, servicio, marca o industria,
respecto de un competidor directo o indirecto.
En este contexto, se destaca que el
área que registró el mayor aumento de denuncias fue la publicidad en Comercio,
Banca y Servicios, con un incremento del 116% de reclamos en 2020. Le siguen
las tiendas por departamento del retail, con un 200% más de denuncias.
Los reclamos que han sido abordados
por el Conar, son realizados por personas naturales o jurídicas, y su objetivo
es velar por la correcta práctica ética de la publicidad, basándose en el reglamento
del Código Chileno de Ética Publicitaria. Es por ello que, cualquier persona o
institución que considere que una campaña publicitaria no es éticamente
correcta, vulnerando uno o más artículos del Código, puede presentar su
reclamo. En 34 años de historia, el Conar ha ejecutado cerca de 1.200 fallos y
el acatamiento alcanza el 98%. Esta legitimidad se ratifica en casos judiciales
donde el Código de Ética ha sido un argumento técnico válido para los
tribunales al momento de realizar un fallo. Todos los dictámenes y opiniones
éticas están disponibles en el sitio web de Conar www.conar.cl