Esta tarde de miércoles la Cámara de Diputados aprobó el Acuerdo
de Unión Civil (AUC), con 78 votos a favor; 9 en contra y 4 abstenciones.
Las autoridades de gobierno coincidieron en que con esta ley, se
da un paso adelante en la protección y reconocimiento a todas las formas de
familia.
Régimen Patrimonial : El texto define que los convivientes
conservarán la propiedad, goce y administración de los bienes adquiridos antes
de la celebración del contrato y de los que adquieran en la ley, las que
deberán ser acordadas por los contrayentes al momento de celebrarse el acuerdo
de unión civil.
Adicionalmente, se
establece que cada conviviente será heredero intestado y legitimario del otro y
concurrirá en su sucesión de la misma forma y gozará de los mismos derechos que
corresponden al cónyuge sobreviviente.
Respecto de las causales de término del acuerdo de unión civil se
establecen las siguientes:
Respecto a las causales de término del Acuerdo de Unión Civil, se
establecen las siguientes:
1.- Por muerte natural de uno de los convivientes civiles.
2.- Por muerte presunta de uno de los convivientes civiles y
también por la comprobación judicial de la muerte de uno de los convivientes
civiles.
3.- Por el matrimonio de los convivientes entre sí, cuando
proceda.
4.- Por mutuo acuerdo de los convivientes.
5.- Por voluntad unilateral de uno de los convivientes civiles.
6.- Por declaración judicial de nulidad del acuerdo.