Luego
de que este viernes el Presidente de la República, Gabriel Boric,
promulgara la reforma al Código de Aguas -que fue despachada por el
Congreso Nacional a comienzos de enero- la ministra de Medio Ambiente,
Maisa Rojas, y el ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García,
valoraron el avance que implica esta ley, que permitirá entre otras
cosas declarar las aguas, independiente su estado, como “bienes
nacionales de uso público”. Además, ambas autoridades se comprometieron a
comenzar a trabajar desde hoy mismo en la implementación de las
oportunidades que ofrece esta reforma.
Para
el ministro Juan Carlos García, esta reforma implica que “se garantiza
el derecho humano al agua para todas y todos. Lo que se busca es una
transición hídrica justa, que solucione los problemas de inequidad que
padecen miles de chilenas y chilenos en el acceso a este vital
elemento”.
El
ministro de Obras Públicas también agregó que este avance es aún más
importante, en medio del contexto ambiental que vivimos, donde se
requiere “avanzar con urgencia en nuevas medidas, para enfrentar con
decisión el cambio climático, a través de una mirada integral del
cuidado del agua, desde lo social y lo ambiental y una participación
activa de la gente”.
Por
su parte, la ministra Maisa Rojas señaló que hoy se cuenta con un
instrumento que entrega oportunidades para hacer un uso más sustentable
del agua. “Reconocer que el agua es un bien nacional de uso público
permite y facilita las acciones del Estado para resguardar el consumo
humano y saneamiento y para cuidar nuestros ecosistemas”, expresó.
La
titular de Medio Ambiente destacó también que “por primera vez se
integra al cambio climático como un factor que amenaza y limita la
disponibilidad de agua. Y muy importante, se
protege la función ecosistémica del agua, resguardando y prohibiendo la
entrega de derechos en glaciares, sectores de vegas, bofedales,
humedales y áreas declaradas bajo protección de la biodiversidad”.
Cabe
mencionar que la modificación al Código de Aguas se inició por moción
parlamentaria en la Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2011, siendo
finalmente aprobada y despachada por el Congreso en enero de este año,
con votación unánime del Senado.
Los principales contenidos de la reforma:
1.
Se establece la prioridad del agua para el consumo humano, saneamiento y
usos domésticos de subsistencia por sobre otros usos, tanto en el
otorgamiento como en el ejercicio de los Derechos de Aprovechamiento de
Aguas (DAA), así como en la redistribución cuando existan condiciones de
escasez.
2.
En Servicios Sanitarios Rurales se fortalece su gestión. El Presidente
de la República, sobre la base de informe de la Dirección General de
Aguas, puede constituir DAA aun sin disponibilidad administrativa, entre
otras medidas.
3.
Los nuevos derechos se otorgarán por 30 años (los antiguos derechos son
indefinido) y se renovarán automáticamente si estuvieren en uso y,
además, la DGA podrá otorgar derechos con una duración menor.
4.
Se establece que la Dirección General de Aguas (DGA) elaborará Planes
Estratégicos de Recursos Hídricos (PERH) para cada una de las 101
cuencas del país en un plazo máximo de 10 años y su posterior
actualización.
5.
En situaciones severa sequía (condición para declarar zona de escasez),
se otorgan mayores atribuciones a la DGA para redistribuir el agua en
favor del consumo humano y uso doméstico de subsistencia, pudiendo
exigir a los y las usuarias, alcanzar un acuerdo con plazos perentorios
para el uso del recurso disponible o en caso contrario proceder a la
intervención para cumplir con el objetivo.