En una estrecha votación de 7 a 5 preferencias, el
Pleno de la Corte Suprema resolvió que en la causa disciplinaria en
contra la ministra del tribunal de alzada capitalino, Dobra Lusic, no
permitirá alegatos y por tanto no tendrá carácter público.
De acuerdo a la información obtenida por la Unidad de Investigación de Radio Bío Bío
en fuentes judiciales, los ministros que votaron por hacer el trámite
judicial a puertas cerradas y sin exposición verbal de los argumentos
jurídicos de ambas partes, fueron el presidente de la Suprema Haroldo Brito, Sergio Muñoz, Carlos Künsemüller, Andrea Muñoz, Manuel Valderrama, Jorge Dahm y el suplente Rodrigo Biel.
La
minoría, en tanto, estuvo a cargo de Rosa Engem, Rosa María Maggi, Juan
Eduardo Fuentes, Ángela Vivanco y María Angélica Repetto.
El caso al que alude la votación, apunta al porqué Lusic no se
inhabilitó -teniendo una orden expresa de sus superiores jerárquicos- en
una causa del Banco de Chile, como también su vínculo con el operador
político de la derecha, John Campos, para acceder a un cupo en la Corte
Suprema. Dicha relación aparece en un audio donde Campos habla con una
jueza cercana al senador PPD Guido Girardi con miras a conseguir los
votos en la Cámara Alta en 2018, tal como lo reveló este medio en abril
pasado.
Los hechos descritos, junto al tráfico de influencias de Lusic para
que Campos asumiera como titular en una notaría de San Miguel,
derivaron en que la magistrada no fuera nombrada por el Senado, pese a
ser elegida por el Presidente Sebastián Piñera en abril del corriente.
En sus descargos ante el Pleno de la Suprema -dijo una fuente del alto tribunal- Lusic desconoció los hechos e indicó que todo se estuvo legalmente tramitado, sin reconocer asumir en los hechos.
Uno de los supremos de minoría comentó que la decisión atenta contra
la transparencia que ha tenido en los últimos años el Poder Judicial y genera una “sombra de duda” sobre la publicidad de los actos procesales.
El magistrado aludió al “auto acordado” adoptado por el máximo tribunal el 26 de enero de 2018,
en cuyo texto se lee que los argumentos pueden exponerse de forma oral
para que los recurrentes formulen las observaciones pertinentes a las
pruebas que constan en la indagatoria disciplinaria.
FUENTE: BIOBIO CHILE