La presencia de ventas afectas a IVA al interior de la Zona Franca de Punta Arenas no responde a una controversia entre actores comerciales, sino a una tensión normativa e institucional derivada de la interpretación y administración del régimen especial establecido por el DFL N.º 341 de 1977. Así lo advirtió la Cámara Franca, al señalar una creciente falta de claridad en los criterios que permiten la coexistencia de actividades bajo régimen general dentro del recinto.
La Zona Franca fue concebida como una política pública orientada al desarrollo de territorios extremos, permitiendo la internación, almacenamiento y comercialización de mercancías sin aplicación de IVA ni derechos aduaneros, como mecanismo de compensación frente al aislamiento geográfico. En este sentido, la venta sin IVA constituye el eje estructural que da sentido económico y social al sistema.
Desde la Cámara Franca sostienen que el marco legal no establece una convivencia equivalente entre dos regímenes tributarios, sino un régimen especial, diferenciado y finalista, cuya viabilidad depende precisamente de la exención del IVA. Si bien la normativa admite, de forma excepcional, ciertas actividades afectas a tributación general, estas deben cumplir condiciones estrictas y no interferir con la operatoria propia del sistema franco.
El cuestionamiento surge, según el gremio, cuando estas excepciones se amplían sin criterios públicos, uniformes y transparentes, generando distorsiones que afectan tanto a los usuarios de Zona Franca como a los consumidores. Entre los principales problemas identificados se encuentra la falta de diferenciación clara hacia el público, que muchas veces desconoce si una compra se realiza bajo régimen franco o general, además del uso del recinto como plataforma inmobiliaria por sobre su finalidad original.
“La distorsión no está en la existencia puntual de actividades con IVA, sino en la ausencia de reglas claras, en la confusión al consumidor y en decisiones administrativas que han ido desplazando los límites del sistema sin un debate público ni legislativo”, señala el documento difundido por la Cámara Franca.
En esa línea, el gremio advierte que aceptar una convivencia irrestricta de regímenes dentro del recinto implicaría una aplicación asimétrica de la normativa, ya que los usuarios de Zona Franca no pueden operar libremente fuera de ella bajo las mismas condiciones. Para la entidad, el problema no radica en la existencia de reglas distintas, sino en la falta de coherencia en su aplicación.
Finalmente, la Cámara Franca subraya que defender la esencia del sistema no significa proteger privilegios comerciales, sino resguardar una política pública clave para el desarrollo de Magallanes. En caso de que el Estado estime necesario modificar el modelo, señalan, ello debe realizarse mediante cambios legales explícitos y no a través de interpretaciones administrativas que debiliten la transparencia y legitimidad del régimen.