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Corte ordena bloqueo permanente de sitios de apuestas online mediante sistema DNS

nacional
09/08/2026 a las 12:06
Periodista Web 1
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Adoptando la propuesta técnica de la Subtel, el tribunal ordenó a las empresas proveedoras de internet la restricción mediante DNS de las plataformas de juegos de azar no autorizadas. La medida da cumplimiento al fallo de la Corte Suprema tras las acciones emprendidas por Polla Chilena y Lotería.

La Corte de Apelaciones de Santiago dio un paso decisivo en la ofensiva judicial impulsada por Polla Chilena de Beneficencia y Lotería de Concepción al establecer un protocolo dinámico y permanente para el bloqueo de plataformas de apuestas online que operan sin autorización legal en el país.

La resolución, dictada este viernes 7 de agosto de 2026, busca dar cumplimiento efectivo a la sentencia de la Corte Suprema que ordenó a los Proveedores de Servicios de Internet (ISP) impedir la transmisión y difusión de juegos de azar no regulados.

El tribunal determinó que la herramienta idónea para la ejecución de la medida será el bloqueo mediante DNS (Sistema de Nombres de Dominio), alternativa propuesta en el informe técnico de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) por contar con una alta especificidad y disminuir el riesgo de vulnerar servicios lícitos de terceros.

Procedimiento en cinco etapas para la inhabilitación de dominios

El modelo técnico adoptado por la Corte establece un flujo regulado que evitará la tramitación de nuevas querellas individuales por cada sitio o "espejo" que surja en la red:

  • 1. Notificación: La parte recurrente (Polla o Lotería) informará los dominios, subdominios o redirecciones asociadas a casas de apuestas ilegales a la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ).

  • 2. Validación: La SCJ verificará y validará institucionalmente que dichos enlaces correspondan a plataformas no autorizadas bajo su competencia.

  • 3. Comunicación técnica: La Subtel notificará la lista validada a los proveedores de internet.

  • 4. Ejecución del bloqueo: Las compañías de telecomunicaciones deberán implementar el bloqueo DNS en los plazos fijados por la Subsecretaría y dar cuenta de ello a la Corte.

  • 5. Actualización continua: El procedimiento operará de forma permanente y sucesiva ante la detección de nuevos portales, contemplando mecanismos de corrección en caso de afectar erróneamente a sitios legítimos.

Proveedores obligados por la resolución judicial

La instrucción alcanza directamente a las principales empresas operadoras del mercado nacional: Claro Chile, Entel, GTD Manquehue, Telefónica Chile (Movistar), WOM y VTR, las que deberán acreditar la efectividad de las restricciones ante el tribunal de alzada.

La resolución se dicta luego de que en abril la Corte Suprema ordenara reabrir la fase de ejecución para garantizar el cumplimiento íntegro del fallo, cerrando el margen de operación para las casas de apuestas no reguladas en el ciberespacio nacional.


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