En un fallo que dio un giro radical al desarrollo del caso, el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Punta Arenas recalificó la acusación imputada contra Iván Rodrigo Ojeda Carrera, descartando la figura penal de femicidio no íntimo en grado de frustrado y estableciendo en su lugar el delito de lesiones menos graves en contexto de Violencia Intrafamiliar (VIF).
Tras la aceptación formal de responsabilidad por parte del imputado en el nuevo marco legal, los jueces dieron por concluido el juicio oral y ordenaron su libertad inmediata bajo medidas cautelares, a la espera de la redacción del fallo definitivo.
Los hechos juzgados ocurrieron al mediodía del 13 de enero de 2026 en la intersección de Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva y calle Manuel Aguilar. En dicho sector, Ojeda abordó a la víctima en la vía pública y la tomó del cuello en un intento de asfixia del cual la mujer logró zafarse. Posteriormente, la trasladó a un domicilio en calle Condell, donde volvió a agredirla físicamente causándole diversas escoriaciones y contusiones antes de ser capturado por Carabineros.
Si bien la Fiscalía Local de Punta Arenas solicitaba una pena de 10 años y un día de presidio por femicidio frustrado, los magistrados concluyeron que las pruebas y peritajes sobre las lesiones no lograron acreditar la intención de matar (animus necandi).
El defensor penal público, Pablo Santander, explicó el alcance del pronunciamiento judicial:
“Al convencerse el tribunal de que se trataba de un ilícito de menor entidad, la pretensión penal se fijó en 541 días. Dado que Ojeda Carrera permaneció privado de libertad desde enero acumulando un abono de 216 días de prisión preventiva, se le otorgó la libertad”, detalló el defensor.
Pese a recuperar la libertad tras permanecer en prisión preventiva desde enero de 2026, Iván Ojeda Carrera quedó sujeto a un estricto paquete de medidas cautelares mientras se aguarda la lectura formal de la sentencia:
Arresto domiciliario nocturno.
Prohibición absoluta de acercarse a la víctima o a sus lugares de trabajo/estudio.
Tratamiento obligatorio: Someterse a programas de rehabilitación para el consumo problemático de alcohol y control de impulsos.