El Decreto Ley Nº 3516 del 1
de diciembre del año 1980 vigente a esta fecha, dispone que la
subdivisión mínima de predios rurales es de cinco mil metros cuadrados o
media hectárea; es decir, no se puede subdividir una superficie rural
en menos de media hectárea, salvo las contadas excepciones que la misma
norma establece. La ley prohíbe además cambiar el destino agrícola de
tales lotes permitiendo la construcción de una vivienda para su dueño,
pero que no signifique el cambio a urbano del predio. Estos lotes
autorizados por la ley son los que se conocen como parcelas de agrado y
son un gran alivio para las familias de clase media que han podido poder
tener un lugar fuera de la ciudad para distraerse, estar en contacto
con la naturaleza, incluso tener pequeños cultivos y otros tantos
beneficios que para la salud conlleva.
A
pesar de todo ello, este gobierno mediante el Ordinario Nº 637 de fecha
12 de julio del 2022 del Ministerio de Agricultura dirigido al SAG,
quiere impedir que las familias en general y en particular de la clase
media puedan tener un respiro de la agitada vida citadina. Este
instructivo parte de la base de la sospecha, de la mala fe en las
personas, pues presume que quien se compre media hectárea rural quiere
cambiarla a un destino exclusivamente habitacional. El Estado a manos de
la ultra izquierda nos quiere decir que no somos merecedores de tener
una propiedad rural y que para tener contacto con la naturaleza paguemos
la entrada a un parque y en definitiva, sea un lujo para unos pocos.
En
el caso de la juventud, este Gobierno supuestamente promueve la
ecología, la vida natural, pero impedirá que esos mismos jóvenes vivan
precisamente en contacto con la naturaleza teniendo el debido cuidado y
respeto. Luego, es un contrasentido proclamar el amor por la naturaleza y
querer al mismo tiempo confinar a las personas en las ciudades, que es
lo más contrario a esos supuestos buenos propósitos.
Pero
el instructivo tiene más derivadas: el precio de los predios rurales
aumentará, pues son tales los impedimentos que el Gobierno pone a las
subdivisiones rurales que las actuales ya valen mucho más después del instructivo.
Y para qué decir de los predios urbanos, pues haciéndose muy
dificultoso establecerse en áreas rurales, el valor de los inmuebles en
la ciudad también aumentará. Como se puede comprender, este Gobierno en
su afán de regular todo, hasta el lugar donde elijamos para vivir o
recrearnos, aumenta los precios del suelo tanto rural como urbano lo que
impacta directamente en la juventud que en poco tiempo querrá tener su
casa propia.
Este
instructivo está íntimamente relacionado y alineado con las
disposiciones del proyecto de Constitución que asegura a las personas
sólo la tenencia de un bien raíz, mas no su dominio o propiedad, pues el
propósito de la ultra izquierda es asegurar a los chilenos una vivienda
“digna”, pero nunca propia. Y aunque se desvivan en tratar de explicar
lo que el proyecto de Constitución no dispone, pero que ellos dicen que
dice, las palabras contenidas en el texto son claras: es “la seguridad
en la tenencia” de las viviendas lo que dispone el artículo 51.2 del
proyecto constitucional, no la seguridad de cumplir el sueño de la casa
propia. Luego, impedidos de vivir en sectores rurales, los chilenos sólo
podrán vivir en la ciudades a un alto costo que no podrá ser
satisfecho, excepto sólo dándoles la tenencia o uso y no el dominio de
sus casas.