Con asesores

El
primer día de un curso que dictaría de Derecho Constitucional, les dije
a los alumnos que yo no era abogado, sino profesor de biología, y que
el instituto me contrató para hacer ese ramo, pero que no se
preocuparan, porque aunque no sabía de la materia en cuestión le pondría
todo el empeño en hacer las clases y que aprenderíamos juntos. El
estupor se apoderó de los asistentes; se miraban unos a otros sin
entender por qué alguien que no era abogado iba a dictar un curso de
Derecho Constitucional. Algunos pasaron de la incredulidad al enojo y a
los reclamos. Una alumna salió indignada de la sala de clases para
dirigirse a la rectoría, pues no debía ser posible tal situación. Al
cabo de unos minutos les pedí que me disculparan, pero que en realidad
era y soy abogado, y que estudié en la Universidad de Chile, en un
ambiente, además, de bastante exigencia académica. Llegaron las risas y
la distensión, y así comenzó dicho curso. Esta anécdota es real y la
recuerdo ahora a propósito de la elecció
n
de constituyentes, porque refleja que intuitivamente pensamos que para
ciertas actividades u oficios se requiere un cuerpo de conocimientos
para ejercerlas. Un profesor de matemáticas no estará capacitado para
dictar un curso de biología si es que no ha estudiado aquella materia.
Un comerciante no encargará su contabilidad a un escultor, por reputado
que sea en su arte. Se ha querido extender la idea de que redactar una
Constitución Política es cuestión de buena voluntad y tener experiencia
de vida. Y que para todo lo demás estarán los asesores que sí sabrían de
las materias que contiene una Carta Fundamental. Surge entonces la
pregunta sobre el rol de los asesores en la redacción de una
Constitución: serían estos los encargados de hacer el trabajo
constituyente, caso en el cual sería mejor que ellos mismos fueran
directamente elegidos convencionales; o serán los elegidos quienes
discriminarían sobre qué consejo toman de sus asesores, caso en el cual
no estarían tomando las indicaciones de los expertos. Todos estos
problemas tienen una sencilla solución: no porque se tengan ganas y
voluntad de redactar una Constitución; no porque se tenga “experiencia
de vida” (como si solo algunos la pudieran tener) se debe ser parte del
órgano que la redacte. Y si a esto le agregamos el breve tiempo para
confeccionarla (a lo más doce meses), forzoso es concluir que es
altamente peligroso para el resultado final que se quiera ir a aprender a
la Convención de la mano de los asesores. Cuando se desconoce la
capital importancia que la Carta Fundamental desempeña en un país y en
su estructura institucional, y que su texto debe ser coherente,
jurídicamente impecable y que permita la mayor libertad posible a las
personas, pues es la garantía de que el Estado o mayorías
circunstanciales no le aplastarán, entonces se piensa voluntaristamente
que cualquier persona puede estar a cargo de confeccionar el texto. Se
degrada de esta manera la Constitución, se la reduce a un texto que
cualquier persona tenga o no tenga preparación pueda elaborar, y cuyo
título para pretender ser constituyente sea la participación en
protestas y funas; en la altisonancia de sus vacuos d
iscursos;
en la descalificación de todos quienes no piensan como el candidato.
Evidentemente no se trata de que solo profesionales altamente
especializados estén a cargo de la redacción, pero también es claro, a
mi juicio, que los más preparados y quienes estén en disposición de
escuchar y recoger las múltiples demandas de los chilenos merecen ser
convencionales constituyentes.

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