En abril los magallánicos tendremos que escoger a nuestros representantes en la Convención Constitucional.
Los candidatos, que buscamos participar en la importante tarea de
consensuar una nueva Constitución para Chile, estamos obligados a actuar
con generosidad y responsabilidad.
Generosidad
porque que este proceso requiere que todos seamos capaces de renunciar a
nuestras constituciones ideales, en aras de alcanzar acuerdos que
posibiliten nuestra vida en común en el largo plazo. Responsabilidad, en
tanto, puesto que debemos limitarnos a discutir sobre el mandato
específico emanado de la ciudadanía: la creación de una nueva Carta
Fundamental.
El
referido mandato hace necesario explicar qué es una Constitución, cuál
es su importancia y cómo se estructuran. Hace siglos se entiende que una
Constitución es el pacto fundamental de una sociedad, en atención a que
la totalidad de nuestras normas jurídicas deben someterse a ella.
Nuestra Carta Fundamental, al igual que parte importante de las
constituciones de los países que comparten nuestra tradición jurídica,
consta de dos partes: la regulación de nuestros derechos y deberes fundamentales; y la regulación de la organización del Estado y de sus poderes.
Los
derechos fundamentales -conocidos también como derechos humanos- son
aquellos que nos benefician a todos pues controlan el poder que el
Estado puede ejercer sobre las personas. Los derechos ya contemplados,
más aquellos que se estime conveniente incorporar, serán objeto de
debate: a modo de ejemplo, discutiremos sobre la protección del derecho
de propiedad, los límites de la libertad de expresión, la regulación del
derecho a la seguridad social, entre tantos otros tratados derechos en
el actual Capítulo III.
En
lo que respecta a la organización del Estado, debatiremos sobre una de
las principales características del constitucionalismo moderno: la
separación y equilibrio de los poderes del Estado. Esta característica,
esencial en las democracias, existe para que nadie pueda concentrar el
poder de manera absoluta. Los magallánicos, que históricamente hemos
anhelado más autonomía, estaremos especialmente atentos a lo que pueda
ocurrir en materia de división administrativa (artículo 3° y Capítulo
XIV vigentes).
Teniendo
claridad sobre estos aspectos, la invitación es a cuidar y fortalecer
este proceso pues hoy más que nunca debemos ponernos de acuerdo.