De los emblemas nacionales y otras pérdidas

Al
inicio del proceso de redacción de una Constitución distinta a la
actual, convencionales de la ultra izquierda plantearon la posibilidad
de modificar los emblemas nacionales, en especial la bandera y el escudo
nacional dado el país nuevo que quieren fundar que requiere, como todo
nuevo país, símbolos distintos a los del pasado. Esto produjo
indignación en muchas personas y fue una de las primeras alertas
concretas de las intenciones de la ultra izquierda que quería y quiere,
refundar el país. Los símbolos patrios representan la historia que como
nación se ha forjado en cientos de años, con sus virtudes y defectos,
como toda historia humana. Representan también la unidad nacional, pues
desde el extremo norte hasta el extremo sur tenemos una sola bandera que
cubre el territorio nacional, que es uno y nos pertenece. Portando esta
bandera el país ha estado en guerras de la cuales ha salido victorioso.
Cantamos además un mismo himno que nos emociona porque nos reconocemos
como chilenos, nacidos en este suelo. Pues bien, como el proyecto de
Constitución es tramposo, redactado por gente tramposa, resulta que
nuestros emblemas patrios de aprobarse la Constitución Tramposa, podrán
ser cambiados en su forma, colores, contenido por la sola voluntad del
Presidente de la República, de manera que podrá agregar nuevas banderas
por ejemplo en el mismo plano de igualdad que nuestra hermosa bandera.
Cabe tener presente que este mismo proyecto tramposo reconoce de entrada
a once pueblos precolombinos que podrían reclamar tener símbolos que
les identifiquen con el mismo valor jurídico que la bandera chilena.
Expliquemos esta posibilidad.

La
Constitución vigente establece en el número 6 de su artículo 63 que
“Sólo son materia de ley: Las que modifiquen la forma o características
de los emblemas nacionales”. En román paladino significa que actualmente
para modificar la bandera nacional, el escudo o el himno patrio el
Congreso Nacional debe aprobar una ley para tales efectos, de manera que
la modificación sea fruto de consenso en el país; luego, el Presidente
de la República no puede vía decreto realizar las modificaciones que
estime. Ahora viene la trampa de la ultra izquierda: nos dicen que su
proyecto no cambia los símbolos patrios, los que se mantienen, dejando
como exagerados a quienes les imputaron tales intenciones. Pero resulta
que en su proyecto de Constitución (artículo 22), no se establece como
una materia de ley el cambio o mod
ificación
de los emblemas nacionales, ni tampoco es materia de ley de
Concurrencia Presidencial, que son aquellas que requieren del patrocinio
del Presidente de la República para su aprobación. Tampoco es materia
de ley de acuerdo regional, es decir, aquellas que requieren de la
voluntad de la Cámara de las Regiones. De otra manera: en el proyecto
tramposo de Constitución para cambiar, modificar o suprimir los símbolos
nacionales o agregar otros, no se requiere de una ley, sino sólo la
voluntad del Presidente de la República.

Como
se ve, la trampa es simple: el proyecto de Constitución no dice que
modifica los símbolos patrios, que se mantienen, pero de aprobarse el
texto se deja en manos sólo del Presidente de la República las
modificaciones qu
e
estime en ellos, porque los representantes en el Cámara de Diputados y
en la Cámara de la Regiones no tienen injerencia alguna en esta materia.
De esta manera se va configurando el Estado Plurinacional, dividido en
etnias y territorios, con la pérdida irreparable del Estado Chileno,
único e indivisible.

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