Quien
piense que los empleos, las remuneraciones, la dignidad como trabajador
los va a otorgar el Estado, o desconoce conceptos básicos de economía o
está altamente ideologizado. Los convencionales de izquierda que tiene
mayoría, han puesto en el borrador de su constitución la siguiente
norma: “Los trabajadores y trabajadoras, a través de sus organizaciones
sindicales, tienen el derecho a participar en las decisiones de la
empresa”. Hoy quien dirige, administra y toma los riesgos empresariales
son los dueños del negocio, por lo que si se toman malas decisiones, los
trabajadores no deben verse afectados económicamente, porque
precisamente no participan de las decisiones de la empresa, lo que
implica por ejemplo, que las indemnizaciones igual deben pagarse si la
empresa cae en insolvencia. El actual Código del Trabajo otorga mínimas
facultades para que los trabajadores se inmiscuyan en la administración y
decisiones empresariales, de manera que el destino de la empresa es de
exclusiva responsabilidad de sus administradores. Los trabajadores no
son socios de sus empleadores por lo que las decisiones productivas y de
inversiones son de exclusiva y excluyente decisión de sus dueños, sin
que los trabajadores tengan participación. El inciso 4 del Artículo 306
del Código del Trabajo dispone que “No serán objeto de la negociación
colectiva aquellas materias que restrinjan o limiten la facultad del
empleador de organizar, dirigir y administrar la empresa y aquellas
ajenas a la misma”. Queda claro entonces que en el destino comercial,
económico y financiero de la empresa los trabajadores no tienen
injerencia, y que como contrapartida, sus remuneraciones, beneficios e
indemnizaciones no deben verse afectados porque precisamente no fueron
parte de la dirección de la empresa. Sucede que en el proyecto de
constitución si una empresa tomara malas decisiones, los trabajadores
junto con los empresarios serán responsables de ellas y deberán asumir
los costos de una empresa insolvente, pues participaron de esas
decisiones. Hacer realidad una romántica idea, terminará perjudicando de
manera radical a los trabajadores. Otra norma que los convencionales de
izquierda incorporaron a su proyecto de constitución, dice:
“Corresponderá a los trabajadores y trabajadoras elegir el nivel en que
se desarrollará dicha negociación, incluyendo la negociación ramal,
sectorial y territorial”. Es decir, los trabajadores podrían de
aprobarse este proyecto, decidir cuáles sindicatos de uno o más
territorios determinados, sean o no vecinos, negocien con empresas que
tienen realidades geográficas, demográficas y económicas diferentes. Las
empresas de dichos territorios deberán someterse a las condiciones
impuestas por los trabajadores, sin tener relación alguna entre ellas.
Lo mismo sucede con la negociación por sector de la economía, pues los
costos de producción de una panadería de Arica, otra de Santiago y otra
de Punta Arenas, son muy distintas, pero que en virtud de esta norma
puesta en el proyecto de Constitución, deberán someterse a una mismas
condiciones económicas y laborales. Esto impacta directa y negativamente
en las pymes cuyos costos productivos son diversos, pues diversos son
sus tamaños, sus mercados, sus ventas, etc. Normas de este tipo
ahuyentan la creación de empresas y las inversiones, disminuyendo el
empleo y las condiciones laborales. Nos acaban de avisar los
convencionales de izquierda que esta es una Constitución anti
trabajadores y anti empleos.