El Caso Hermosilla y la ética en el ejercicio del Derecho

Recientes
acontecimientos han sacado a la luz pública lo grave que resulta el
ejercicio legal falto a la ética. Los audios grabados subrepticiamente
en que dos abogados se relacionan con un cliente y le explican cómo
funciona el sistema de justicia en Chile son desoladores. La necesidad
que se manifiesta de coimear a funcionarios públicos y que esa es la
manera de solucionar los problemas resulta extremadamente grosera.

Paralelamente
se ha conocido la sentencia de un Tribunal Oral que condenó a seis años
de cárcel a un abogado que se apropió de bienes de su cliente de
avanzada edad. Estadísticas de Gendarmería del año 2019 mostraban como
en un lapso de cuatro años, más de ochenta abogados habían sido
detenidos por ingresar droga al momento de visitar a sus clientes
privados de libertad.

Todo
lo anterior en un escenario en que -de acuerdo a informes de la OECD-
sólo un 15% de los chilenos confía en su sistema de justicia: junto a
Ucrania, el más bajo de los países medidos. Confianza que es incluso
menor a la de otros países latinoamericanos como México, Colombia,
Brasil o Perú.

En
ese escenario –entonces- por cierto es relevante cuestionarse sobre la
importancia de la formación ética de los profesionales del Derecho, que
tanto hemos fallado al respecto y qué aporte se puede hacer desde las
universidades para mejorar esta debilidad.

Control para cualquier abogado o abogada

En
efecto, la formación de las y los profesionales del Derecho debe tener
una fuerte impronta ética, que debe traducirse -sin duda- en la manera
de identificar posibles conflictos de este tipo y como resolverlos. La
determinación de principios claves sobre lealtad con el cliente, con la
contraparte y con el tribunal, conflictos de interés y el manejo de la
publicidad de los casos, son temas acuciantes desde los cuales es
posible levantar ciertos principios orientadores del actuar siempre
dificultoso en el caso a caso.

Todo
ello, además, en un escenario sumamente complejo en las últimas décadas
de un aumento considerable de los profesionales que cuentan con el
título para ejercer y de las universidades que imparten la carrera -por
una parte- y de la mayor complejidad de los conflictos existentes en que
el Derecho ha comenzado a llenar espacios que –tradicionalmente- era
más propios de la política pública, en otra.

A
mi juicio, dos elementos me parecen fundamentales para avanzar: la
existencia de un control ético obligatorio para cualquier abogado o
abogada y no sólo para colegiados/as que se encuentre radicado
idealmente en un órgano jurisdiccional con un procedimiento no tan
complejo y sumario. Junto a ello debe existir una mayor decisión desde
la Fiscalía y los tribunales para sancionar rigurosamente el ejercicio
de la profesión cuando aquello constituya delito o provoque perjuicios
civiles, en línea con el fallo recientemente dictado.

Todo
ello, por cierto, debe estar reforzado por aquel control ético que
antaño tenían los colegios de abogados, pero que ante la escasa
afiliación existente hoy día termina perdiendo eficacia. La academia y
el gremio debieran reflexionar de manera profunda sobre la forma de
mejorar el desempeño y el control ético tan severamente cuestionado en
los últimos años y que el “Caso Hermosilla” ha puesto de manera tan
patente como relevante.

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