El principio de inocencia

Todos
somos inocentes mientras no se demuestre lo contrario. Toca probar la
culpabilidad de una persona a quien le acusa. Las personas deben ser
tratadas como inocentes, no presumiendo la culpabilidad a priori ni
tratando como responsable de un ilícito, a persona alguna. Será una
sentencia judicial firme y ejecutoriada la única que determine en una
sociedad democrática y libre, si una persona debe ser considerada como
culpable de algún delito. Las medidas cautelares en general y
especialmente, la prisión preventiva, deben ser decretadas de manera
excepcional por los tribunales de justicia, con el fin de no afectar
tampoco la libertad personal. Estas son alguna de las consecuencias de
este principio universal del derecho.

Últimamente
hemos podido comprobar que a muchas personas en la práctica se les
trata como verdaderos delincuentes, no existiendo sentencia judicial
alguna que así lo haya establecido. Estamos asistiendo a auténticos
linchamientos mediáticos, el cual es casi imposible contrarrestar por el
afectado. A nadie le importa ya sindicar a alguna persona como el más
aborrecible de los delincuentes, si con ello se puede ganar el favor de
la galería. Se mancilla el nombre de cualquiera con fines electorales.
Mientras, el sistema democrático se va hundiendo con el concurso de sus
dirigentes, cuya conducta luego es imitada por el pueblo. Si hasta el
Presidente de la República trata como delincuente a quien los tribunales
no lo consideran así. Al no ser capaces de tratar a las personas como
inocentes hasta que un tribunal de justicia resuelva lo contrario,
estamos socavando el sistema democrático. Una garantía esencial de las
sociedades democráticas, es el respeto por el debido proceso y que nadie
pueda ser considerado culpable. Salvo que una sentencia judicial así lo
determine.

El
caso del cabo de Carabineros, Sebastián Zamora, es ilustrativo. Estuvo
en prisión preventiva algunos meses, afectando su derecho humano a la
libertad. Se le acusó públicamente de casi asesinar a un menor de edad.
Una sentencia judicial lo absolvió. El principio de inocencia fue
profundamente afectado en su caso. Tenemos los juicios contra Daniel
Jadue, Cathy Barriga, Raúl Torrealba, Claudio Crespo, Luis Hermosilla y
tantos otros. Todos son tratados como culpables y aun cuando algún
tribunal les pueda absolver en el futuro, en la ciudadanía quedará el
estigma de su responsabilidad penal. Se dirá que zafó por influencias,
por poder, por dinero u otros motivos. Y en todos estos casos, no existe
sentencia judicial firme que les considere como delincuentes. Pero da
lo mismo, el juicio popular, alentado muchas veces por los querellantes y
por las redes sociales, ya tiene su veredicto: ¡culpables! Y no se
trata de defender personas individuales, sino trata de apuntalar un
principio básico para la convivencia democrática. Sin este principio, se
arruinará la vida a quienes se les considere sospechosos de delitos,
sin indagar más allá ni darles un derecho efectivo a defensa. Incluso se
les llega a tratar como parias en la sociedad, afectando también su
vida personal, familiar y laboral.

Es
muy peligroso esto de los juicios populares, que trata como delincuente
a todo aquel sospechoso de serlo. En la historia de la humanidad,
existió un famoso caso de condena a muerte de un inocente, basado en el
clamor popular. En ese entonces, el pueblo sin mediar prueba alguna y
con el sólo parecer de las gentes, fue ejecutado. Insistimos, no se
trata ni se pretende defender personas, muy lejos de eso, sino sólo
principios.

Contenido relacionado

Envíanos tu denuncia o información AVISOS ECONÓMICOS