El problema de los plebiscitos dirimentes

Esta
semana la Convención ratificó la posibilidad de realizar plebiscitos
dirimentes para materias constitucionales que no logren una aprobación
de dos tercios pero que sí cuenten con un respaldo de al menos tres
quintos del Pleno. La normativa, que para operar requiere de una reforma
constitucional en el Parlamento, fue calificada como un ‘hecho grave’
por el vicepresidente de la Convención, Rodrigo Álvarez (UDI), quien
argumentó que ‘en dos ocasiones, millones de chilenos votaron por un
proceso que tenía ciertas características: uno, buscar grandes acuerdos a
partir de los 2/3; dos, un plebiscito de salida’. A las críticas del
exministro se sumaron reprobaciones de otros convencionales del
oficialismo, como la de la exministra de Educación Marcela Cubillos,
quien sostuvo que ‘aquí lo que se hace es aprobar vía reglamentaria una
norma en que no hay derecho y, de esta manera, saltarse las reglas del
juego’.

Desde
el otro lado, en tanto, celebraron la ratificación de la norma. El
convencional Jorge Baradit escribió en su cuenta de Twitter: “Se aprobó
tener plebiscitos dirimentes. Mecanismos de democracia directa que nunca
habían existido en Chile!”. En cuanto al rol que jugará el Congreso, la
representante del Partido Comunista Valentina Miranda manifestó que
“esperamos que los parlamentarios se pongan a disposición y, por
supuesto, nosotros como Chile Digno, que también tenemos representación
al interior del Congreso, vamos a seguir insistiendo (…) para que esta
reforma constitucional logre la viabilidad de todos estos mecanismos”.

La
aprobación de las consultas intermedias, sin embargo, es un error. En
primer lugar, en términos más evidentes, porque efectivamente modifica
lo pactado en el acuerdo del 15 de noviembre, cuya legitimidad fue
plebiscitada. Los ciudadanos aceptaron un proceso que, se explicitó en
diversas ocasiones, aprobaría los artículos con el beneplácito de 2/3 de
los miembros del órgano.

Pero
más allá de aquello, el principal error consiste en creer que la
ciudadanía estará preparada para estudiar las materias que se sometan a
plebiscito y para sufragar con todos los antecedentes requeridos en
temas tan trascendentales como los que conciernen a un texto
constitucional. Aquel error deriva, a su vez, de otra equivocación; son
muchos los convencionales que están convencidos de que el proceso que
protagonizan constituye la principal prioridad en los intereses del
ciudadano común. Esa premisa, no exenta de egolatría ni de cierto
mesianismo, menosprecia la capacidad civil de atender con profunda
preocupación y dedicación otros asuntos y centra todo su potencial en la
mera discusión de la política institucional.

Las
personas mantienen sueños, metas e inquietudes que no solo dependen del
proceso constituyente, sino que, en muchas ocasiones, están más bien
sujetos a factores que pueden controlar o establecen desafíos que se
deben enfrentar con recursos que se encuentran en su entorno social o
material. El ahínco del cual la sociedad dispone para sus propósitos
constituye una verdadera inversión de su tiempo en aspectos como el
trabajo, el estudio o el cultivo de las relaciones personales. Muchas de
esas actividades, por cierto, son manifestaciones políticas, lo que no
significa que tengan que estar directamente ligadas a lo institucional.
Dado lo recién descrito es que, para procesos como el que vive Chile, se
eligen representantes que se dediquen exclusivamente a la labor
asignada.

En
concordancia con lo anterior, en caso de que la normativa de los
plebiscitos intermedios se convierta efectivamente en un mecanismo de
participación, es probable que estos terminen bajo el dominio de
pequeños grupos con experiencia en la política institucional y que, dado
aquello, la ciudadanía termine optando sencillamente por respaldar las
iniciativas cuyo mensaje publicitario resulte más seductor.

Así,
y en este contexto, las consultas dirimentes terminan convirtiéndose en
una contradicción; pretenden entregar poder a la ciudadanía, pero la
despojan del mismo al no reconocer la potestad de su ejercicio en el
plebiscito del 25 de octubre y al entregar la hegemonía de la discusión a
pequeñas minorías organizadas.

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