Uno
de los elementos esenciales y constitutivos del Estado es su
correspondiente territorio, es decir, aquel espacio del planeta donde
ese Estado ejerce su soberanía en beneficio del bien común de sus
ciudadanos. En el caso de Chile, el Territorio Nacional se encuentra
actualmente definido y reconocido por el Derecho Internacional a través
de numerosos Tratados y fallos internacionales, incluso algunos de muy
reciente data, sin que los últimos textos constitucionales se hayan
ocupado de ello, cómo sí lo hacía la Constitución de 1833.
Después
de más de dos siglos de consolidación de nuestras fronteras
continentales e insulares y mirando hacia el horizonte de nuestro mar,
resulta hoy necesario reparar en un hecho fundamental: que el territorio
físico del Estado de Chile es tricontinental, pues se encuentra ubicado
principalmente en América, pero también en Oceanía y la Antártica; y,
que de allí surge un vasto territorio oceánico proyectado desde estos
territorios continentales e insulares en dirección al Océano Pacífico,
al Mar Austral y al Océano Antártico, creando una inmensa área marítima,
suelo y subsuelo marinos, donde Chile debe ejercer sus diversos grados
de jurisdicción, así como sus deberes, obligaciones e intereses
marítimos, conforme a la legislación nacional y al Derecho Internacional
Marítimo.
Esta
realidad geopolítica, con un innegable destino marítimo, ha sido
reconocida por nuestros próceres, invariablemente, desde los tiempos de
O’Higgins. Pero hoy, nuestra seguridad y defensa ya no viene dada por la
regla del alcance de la bala de cañón que originara la creación del mar
territorial, con una extensión inicial de tres millas náuticas, y que
posteriormente se extendiera a doce millas náuticas con fines de
resguardo de la pesca y explotación minera del suelo y subsuelo marinos;
tampoco, nuestro desarrollo y prosperidad no se agotan en la protección
del límite de las doscientas millas de la Zona Económica Exclusiva o de
la Plataforma Continental. Hoy día Chile necesita imperativamente, como
ayer, dominar el ancho mar pero no solo para proteger las primigenias
libertades de navegación y comercio, sino que también la pesca, la
facultad de tender cables y tuberías submarinos, la libertad de vuelo,
la libertad de construir islas artificiales, la libertad de
investigación científica, la libertad de ejercicios navales y, sobre
todo, para contribuir a la mantención, preservación y orden del medio
marino, de cuya vigilancia y control depende dramáticamente nuestra
propia existencia en tierra firme, pues los fenómenos del crimen
organizado internacional, la contaminación ambiental y el cambio
climático deben enfrentarse ineludiblemente desde los océanos.
Chile
hace esfuerzos notables en todas las áreas para conquistar el mar: ha
desarrollado la creación de inmensos parques marinos, contribuye a la
salvaguarda de la vida humana en el mar, fiscaliza la comisión de
delitos por la vía marítima, construye un rompehielos antártico de
avanzada tecnología por primera vez en su historia –entre muchas otras
acciones- y, todo ello, demanda un reconocimiento jurídico de la mayor
entidad, que conecte nuestro inmenso mar con la conciencia de cada
chileno.
Creemos
que nuestro territorio nacional, tricontinental, insular y marítimo,
con sus características esenciales de indivisibilidad e inalienabilidad,
constituye una de las bases de nuestra libertad, tradición nacional e
institucionalidad histórica, cuyo reconocimiento resultaría oportuno y
conveniente concretar en el proceso constitucional en curso.