Llevo
dos años y medio recorriendo la región y todas sus comunas. Mi tarea
requería la independencia y libertad necesaria para estar en contacto
directo con los habitantes de la región y sus problemas. A esta altura,
siento la tranquilidad y satisfacción por lo obrado… el cariño de la
gente es creciente y profundo.
Del
mismo modo, y a pesar de la campaña de información que realizamos entre
el 2019 y 2020 con la distribución de miles de volantes que informaban
respecto de la elección de gobernador regional, todavía apreciamos un
alto grado de desconocimiento en la población sobre esta histórica
elección. Por ello, el tenor de esta columna.
El
Gobierno Regional es el organismo encargado de la administración
superior de cada región, que tiene por objeto el desarrollo social,
cultural y económico de la región. Está constituido por un gobernador
regional y el consejo regional. Tanto los consejeros como el gobernador
regional son elegidos por sufragio universal y votación directa.
El
Gobernador Regional es el órgano ejecutivo del Gobierno Regional.
Preside el Consejo Regional. Debe coordinarse con los demás órganos y
servicios públicos. Le corresponde también la coordinación,
supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependen o
se relacionan con el Gobierno Regional. Además, debe asignar los
recursos del o de los programas de inversión del Gobierno Regional, de
los programas de inversión sectorial de asignación regional y aquellos
que corresponda en virtud de transferencias de competencias que haga el
Presidente de la República. Por tanto, el gobernador regional tiene
entre otras funciones:
Formular
políticas de desarrollo de la región, considerando las políticas y
planes comunales respectivos. Someter al consejo regional las políticas,
estrategias y proyectos de planes regionales de desarrollo y sus
modificaciones. Someter al consejo regional el proyecto de presupuesto
del respectivo gobierno regional. Representar judicial y
extrajudicialmente al gobierno regional, pudiendo ejecutar los actos y
celebrar los contratos de su competencia o los que le encomiende el
consejo. Nombrar y remover a los funcionarios que la ley determine como
de su confianza. Velar por el cumplimiento de las normas sobre probidad
administrativa. Coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda,
a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno
regional respectivo. Promulgar, previo acuerdo del consejo regional, el
plan regional de ordenamiento territorial, los planes reguladores
metropolitanos e intercomunales, comunales y seccionales y los planos de
detalle de planes reguladores intercomunales. Presidir el consejo
regional. Convocar al consejo regional y disponer la citación a las
sesiones.
El
gobernador regional es elegido por sufragio universal, en votación
directa. Resulta electo el candidato que logre la mayoría de los votos
válidamente emitidos, es decir, excluyendo los blancos y nulos. Esa
mayoría debe ser al menos de un 40% de los sufragios válidamente
emitidos. Si hay más de dos candidatos y ninguno logra el 40% de los
votos válidamente emitidos, hay una segunda vuelta entre los dos más
votados. Dura cuatro años en el ejercicio de sus funciones. Puede ser
reelegido consecutivamente sólo para el período siguiente.
En
la próxima elección del 11 de abril, ayúdeme a no dejar la política en
manos de los políticos de siempre. Nos vemos pronto en la esquina de su
calle.