Enciclopedia del Apruebo: capítulo 6

V.
Vivienda/vida: La propuesta señala en su Art. 51.1 “Toda persona tiene
el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre
desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”. Luego en el
mismo Art. Punto 4 señala “El Estado garantiza la creación de viviendas
de acogida en casos de violencia de género y otras formas de vulneración
de derechos, según determine la ley”. Finalmente en el mismo Art.,
punto 5 señala “El Estado garantiza la disponibilidad del suelo
necesario para la provisión de vivienda digna y adecuada.” El Art. 51 en
su totalidad es la base de un sistema integrado de acceso a vivienda
propia, que es parte de un sistema integral de seguridad social. Cabe
señalar que el Art. 78 señala “Toda persona, natural o jurídica, tiene
derecho de propiedad en todas sus especies y sobre toda clase de bienes,
salvo aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas y
los que la Constitución o la ley declaren inapropiables”, razón por la
cual, en base a mi comprensión lectora, no existe riesgo de perder
acceso a vivienda propia, o de que “te quiten una de tus casas”, cuando
algún compatriota tenga más de una, por supuesto.

W.
Wincha: de la palabra wincha, que significa cinta elástica gruesa con
que se sujeta el pelo sobre la frente. Palabra quechua que, a partir del
18 de octubre del 2019 parece ser utilizado por muchos (as)
compatriotas, que quieren “ver” la realidad del país, donde 10 familias
administran todo. La “wincha” o “vincha”, además de “dejarnos ver” las
cosas, nos dio más espacio en la frente (más dedos de frente), porque
fuimos capaces de enfrentarnos al poder económico y a los políticos que
los protegen, y eso nos permitió avanzar en un proceso constituyente.
Aún queda mucho por avanzar, debemos usar la wincha más ajustada para
que podamos ver muy bien, y tener más “dedos de frente”, de aquí en
adelante, partiendo por cumplir con el deber cívico de votar este 4 de
septiembre, y en adelante, para comenzar a elegir bien a nuestras
autoridades, las que hasta el momento han demostrado lo peor de la
política.

X.
Xenofobia: que significa odio, hostilidad o molestia a lo extranjero.
La propuesta constitucional señala en su Art. 25 “Toda persona tiene
derecho a la igualdad, que comprende la igualdad sustantiva, la igualdad
ante la Ley y la no discriminación. Es deber del Estado asegurar la
igualdad de trato y oportunidades. En Chile no hay persona ni grupo
privilegiado. Queda prohibida toda forma de esclavitud.”, Luego en el
mismo Art., número 3 señala “El Estado asegura la igualdad de género
para las mujeres, niñas, diversidades y disidencias sexuales y de
género, tanto en el ámbito público como privado. Finalmente en el mismo
Art., número 4 dice “Está prohibida toda forma de discriminación, en
especial cuando se funde en uno o más motivos tales como nacionalidad…”.
Es decir, un Estado más civilizado que el actual, donde algunos (as)
odian a las personas extranjeras, pero no tienen problemas en vacacionar
o comprar productos de esos países.

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