Este
proyecto ley toma su nombre de JACINTA, de una bebé de 5 meses que
falleció a raíz de lesiones que le provocó un atropello del que fue
víctima, mientras estaba juntos a sus padres. Se trató de un choque
múltiple que tuvo lugar en lo Barnechea, Región Metropolitana, ocurrido
el 28 de agosto de 2022 en calle El Gabino con el Nogal. El accidente
fue protagonizado por un adulto mayor de 80 años, quien padecía un
cáncer en fase cuatro (4), enfermedad que lo expuso a un tratamiento que
alteró sus capacidades sensoriales y física. De igual forma hay que
resaltar que esta persona conducía un vehículo de grandes dimensiones.
El hombre confundió el freno con el acelerador e impactó a un auto de
menor tamaño, el que salió despedido y atropelló el coche donde estaba
la bebé. En razón de tan lamentable accidente, un grupo de legisladores
plantearon una iniciativa en el Parlamento, dicha acción corresponde a
un proyecto denominado: “Ley Jacinta”, esta cuasi ley comenzó su
tramitación en el congreso nacional en el mes de mayo del año 2023,
busca modificar la ley de tránsito, y por ende, la obtención y/o la
renovación de la licencia de conducir para las personas de la tercera
edad, esto significa ni más ni menos que aumentar las exigencias a este
grupo etario para sentarse detrás de un volante, para eso se sugiere
que personas de 65 años o más se sometan a una evaluación médica, con el
objetivo de identificar eventuales dificultades para manejar. Este
lapidario proyecto señala lisa y llanamente que las personas sobre los
65 años se sometan de manera obligatoria a un proceso evaluativo de
salud con un profesional del área de la medicina, con el objetivo de
identificar ciertas falencias físicas, mentales o motoras para conducir,
además, se plantea la indicación de anexar un certificado médico
emitido por un geriatra o neurólogo, que certifique bajo su
responsabilidad, que el solicitante se encuentra en buen estado de salud
para conducir un vehículo motorizado, y que no padece alguna enfermedad
que tuviera un tratamiento que afecte las capacidades al conducir. En
tanto, en determinados casos donde la deficiencia no sea grave, se
podría optar a una licencia no profesional restringida. De igual forma
dicho proyecto ley señala que el facultativo, el médico, que entregue un
certificado o informe falso y ocurra un accidente con lesiones graves,
gravísimas, será sancionado con una multa de 200 UTM, y si ocurre un
accidente con caso de muerte, este profesional será sancionado con una
multa de 500 UTM. Lo paradójico de todo esto es que en la actual ley del
tránsito se considera que para obtener una licencia de conducir se debe
tener 18 o más años de edad, presentar la cédula de identidad, hoja de
vida del conductor, si la tiene, y certificado de antecedentes, otros
documentos son entregados directamente en la dirección del tránsito:
declaración jurada que no es consumidor de drogas y acreditación física y
psíquica que se realiza en el mismo gabinete técnico municipal, esta
licencia tiene una duración de seis años, es decir, la actual ley del
tránsito no contempla límites para las personas de la tercera edad. De
acuerdo con lo anterior, si bien es cierto es atendible la preocupación
de los legisladores por una situación tan lamentable como fue el
accidente con muerte de una bebé, no menos cierto que tampoco es justo
de colocar a todas las personas de la tercera edad en un grupo donde
supuestamente prima la invalidez física, motora o mental, de ser así,
como se explica que al día de hoy existan miles de personas de la
tercera edad que están cumpliendo diferentes roles en nuestra sociedad,
ejemplos claros, Jueces de la Corte Suprema, Senadores, Diputados,
Ministros de Estado, Gerentes de Empresas, Directores de diversas
Instituciones, Abogados, Médicos, etc, además, hay que
resaltar que los roles que desempeñan las personas de este grupo etario
al día de hoy en nuestro país son relevantes, pues bien, si se piensa
que la edad reviste un problema para conducir un vehículo, entonces,
también se tendría que pensar que dicho factor sería una limitante para
ejecutar otras acciones, de ser así, esta lógica señalaría, que a
todas las personas de la tercera edad se les puede poner en el mismo
saco, frente a esto, el argumento que sustenta este proyecto ley se cae
a pedazos. Finalmente, vuelvo a insistir, las personas de la tercera
edad son valiosas, son un gran aporte profesional en la gestión pública
y privada, merecen respeto, no ser discriminadas, por lo tanto, si los
legisladores, realmente están preocupados de resolver los problemas
mayoritarios de Chile, deben dedicarse a legislar para impedir la
violencia, la corrupción, los robos, los fraudes, y tantos otros delitos
que son pan de cada día, por lo tanto cambiar la ley del tránsito de la
manera como se está planteando en un atropello a un derecho humano,
reitero, una discriminación, y un golpe bajo a las personas de la
tercera edad.