Mujeres y texto constitucional… incertezas y retrocesos

¿Sabías
que en el mundo más de 5 mujeres o niñas son asesinadas cada hora por
alguien de su familia?, que una de cada tres mujeres sufren violencia
sexual o física al menos una vez a lo largo de sus vidas o que el 86 %
de mujeres y niñas viven en países sin sistemas de protección legal
contra la violencia de género… El pasado 25 de noviembre, fecha en que
se conmemora el Día Internacional de la eliminación de la violencia
contra la mujer, el llamado internacional fue a solidarizar con las
defensoras de los derechos de las mujeres y que por cierto apoyar a los
movimientos feministas del mundo para conseguir un mundo libre de
violencia de género, invitando a los gobiernos, organizaciones y ONGs a
involucrarse y coordinar acciones que eleven la conciencia pública para
eliminar todas las formas de violencias contra las mujeres. Recordar que
este día nace por la convocatoria iniciada por el movimiento feminista
latinoamericano en 1981 para honrar la memoria y conmemorar la fecha en
que fueran asesinadas en 1960, las hermanas “Patria, Minerva y María
Teresa Mirabal”, activistas políticas de la República Dominicana
quienes fueron ahorcadas y apaleadas para tratar de hacer pasar su
asesinato como un accidente de tránsito, por orden del dictador
dominicano Rafael Leonidas Trujillo.

Si
bien es cierto, dicha conmemoración nos recuerda la importancia de
denunciar la violencia que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y
reclamar políticas públicas en todos los países para su erradicación,
no es menos relevante recordar y alertar lo que ocurre en nuestro país a
propósito del próximo plebiscito constitucional que en su propuesta
nada avanza en los derechos de las mujeres: Durante el 2023, 37 mujeres
han muerto a manos de sus parejas o exparejas. 3 de cada 10 mujeres han
sufrido violencia en el hogar. Más de mil mujeres son víctimas de
violación al año. Pero para el nuevo texto, estos no son problemas
importantes.

Con
el nuevo texto, la violencia sexual y la violencia intrafamiliar no
tendrán defensa prioritaria, serán delitos de segunda categoría. En
materia de derechos sexuales y reproductivos se quieren establecer las
bases para poner en riesgo la ley de aborto en tres causales, con esto,
una niña que ha sido violada estaría forzada a ser madre. Además, con la
“objeción de conciencia”, las farmacias podrían negarse a vender la
pastilla del día después.


En igualdad salarial el texto establece que “se proscribe la
discriminación arbitraria en materia de retribución por trabajo de igual
valor y con el mismo empleador, especialmente entre hombres y mujeres”
(16.26.a), o sea intencionalmente eliminaron que “se garantiza la
igualdad salarial por trabajo de igual valor, especialmente entre
hombres y mujeres”.

Desde
el año 2009 el Código del Trabajo ya contempla la igualdad salarial
ante el mismo empleador (artículo 62 bis2)). Incluso, se retrocede
respecto a la ley, ya que fija un estándar más bajo, o sea, de “no
discriminación” (mirada exclusivamente individual) en vez de igualdad
salarial (que implica tanto el factor individual como el factor
colectivo y social), así también y aun cuando en la convención anterior
como en el Consejo Constitucional se aplicó paridad de entrada y salida
no hubo intención de avanzar en mecanismos de paridad que se ampliaran a
espacios de poder comunal o regional… en definitiva un texto que en
nada avanza en los derechos de las mujeres, sino más bien genera
incertidumbre y retrocesos.

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