Normas transitorias

¿Han
tenido oportunidad de leer el borrador de la nueva Constitución? Un
texto que se alza como una de las Constituciones que más derechos
consagra a los ciudadanos en el mundo entero.

Sin
embargo, muchos de estos derechos o normas son secundados por la frase
“La ley deberá establecer” o “Según determine la ley”; otorgándole así a
los legisladores la función de crear una norma mediante la que se
implementen las iniciativas constitucionales en el caso hipotético de
que se apruebe la nueva Constitución en el Plebiscito de salida.

Lo
anterior ha desatado un álgido debate en la Convención Constitucional y
en la opinión pública respecto de cuánto tiempo podría tardar el
proceso de implementación de cada ley; dos años, cinco, ocho, incluso se
ha hablado hasta de 15 años, sin embargo, no hay nada claro. Siendo
así, la exigibilidad del amplio listado de derechos sociales se vuelve
difuso. La Contraloría General de la República, con la voz de su
contralor Jorge Bermúdez, así lo señala: “el problema de que puedan
encomendarse todas estas normas al legislador, al Congreso Nacional, es
que esto va a traer algunas dificultades prácticas. En primer lugar,
esas leyes van a tener que competir con todas las otras leyes que hoy se
discuten en el Congreso. El congreso tiene una carga legislativa
importante, hay un gobierno que tiene que llevar adelante un programa
–un programa de gobierno– y eso también se traduce en normas, por
ejemplo, la Reforma Tributaria, que es una discusión legislativa”. O la
Corte Suprema, que ya advirtió sus reparos al señalar que muchos de los
artículos de la propuesta de la Constitución “eran contradictorios o muy
difíciles de implementar”.

Así
las cosas, de ganar el Apruebo, la implementación o puesta en marcha de
los derechos prometidos, se vuelve incierto y abre la puerta a
preguntas como ¿después de 10 meses se dan cuenta que sería complejo o
casi imposible, implementar la enorme cantidad de derechos consagrados
en el borrador? O ¿Qué tanto se ignoró la opinión de expertos para
redactar la Carta Magna que regirá la vida de millones de personas por
los próximos 40 o 50 años? ¿Se habrán basado solo en cuestiones
ideológicas más que jurídicas o de bien común? Tras el necesario
ejercicio de leer la propuesta de Constitución, cada uno podrá sacar sus
conclusiones.

Y
tal ha sido el golpe con la realidad que, en la misma exposición el
contralor Jorge Bermúdez sugiere que, considerando la complicación que
puede suponer que el Poder Legislativo sea el encargado de hacer
realidad los derechos –o sueños- de la nueva Constitución, propuso que
la administración del Estado explore “la dictación y la habilitación al
Presidente de la República, al Ejecutivo, de dictar decretos con fuerza
de ley adecuatorios (DFLA)”; inaceptable idea que no solo afectaría la
separación de Poderes, sino que además se acerca peligrosamente formas
de “gobierno” de países poco democráticos como Venezuela o Cuba. En todo
caso, esto no le pareció tan malo al secretario general de la
Presidencia, Giorgio Jackson, quien lo ve como un “incentivo” para el
trabajo legislativo. Es decir, si en dos años el Congreso no se pone de
acuerdo para despachar una ley en materia de derechos sociales, el
Presidente de la República lo hará. Entonces, ¿incentivo o amenaza?

A
menos de 100 días para el Plebiscito solo queda informarse en forma
crítica y discernir sobre si esta propuesta –por esperanzadora y bonita
que sea- será la concreción de derechos y oportunidades para todos; en
definitiva lo que la ciudadanía esperaba o será solo letra muerta.

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