¿Nos afecta la eliminación de exenciones tributarias?

Hace
un par de semanas, ya comentaba que “todo tiene un costo en la vida”, y
que prueba de ello estaba en la discusión en el Congreso por el
financiamiento la Pensión Garantizada Universal – PGU. Ahora esto ya
es una realidad y el financiamiento es a través de la Ley N° 21.420 que
“reduce o elimina exenciones tributarias”.

El
cuestionamiento que Ud. debe hacerse es: ¿afecto o no directamente a su
bolsillo? En la mayoría de las medidas puedo decir que, no se ve
afectada la clase media. Esta normativa se ha enfocado en los sectores
sociales con mayores recursos. Ahora, eso no asegura que los nuevos
costos tributarios, no sean traspasado vía precios de ventas de
productos y servicios a la ciudadanía en general.

Comentemos
algunas de ellas. Las personas, no empresas, que obtengan ganancia por
la compra y venta de acciones con cotización bursátil, tendrá un
impuesto del 10%. Aquí se demuestra que hubo negociación, ya que lo
lógico era que, se afecte con el impuesto global complementario que
tiene tasas que llegan al 40% de impuesto.

Otro
impuesto está enfocado al lujo, en donde los propietarios de aviones,
helicópteros y yates, que tengan un valor corriente en plazo superior a
$79.000.000 y vehículos con un valor superior a $40.500.000, deberán
pagar un impuesto del 2% sobre el valor corriente en plaza del bien.

Las
tres exenciones eliminadas que nos pueden preocupar del total de diez,
son: la reducción y posterior eliminación del crédito de IVA a las
empresas constructoras, por el impacto que puede provocar en el aumento
de precio a las viviendas. La Cámara Chilena de la Construcción ya
había manifestado sus objeciones, a lo menos desde septiembre del año
pasado.

La
segunda: el IVA de los servicios que, si bien es cierto, no afecta los
servicios médicos ambulatorios, y tampoco a quienes prestan servicios a
honorarios como persona o a través de sociedad de profesionales,
producirá un encarecimiento a particulares, empresas o instituciones que
no recuperan el IVA, por los servicios brindados por profesionales que
facturaban exento.

Y
por último, que los seguros de vida pasan a ser parte de la masa
hereditaria para aplicación del impuesto a las herencias y donaciones.
Aquí lo considero un desacierto, ya que no solo las personas mas
acomodadas toman seguros, sino que también lo hacen los trabajadores y
profesionales independientes, en donde la familia depende principalmente
de sus ingresos. Lo lamentable es la incorporación en el artículo 54
de la Ley correspondiente que dice “Las compañías de seguros no podrán
pagar sumas debidas por contratos de seguros de vida sin contar
previamente con el comprobante de pago del impuesto”, es decir, si no
pagas el impuesto no te entregamos el seguro.

Y
atención: quedan 56 otras exenciones que se pueden eliminar propuestas
por la Comisión Briones. Mucho que conversar y consultar a un contador.
¿Dónde los pueden encontrar?, en www.contachmagallanes.cl.

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