Órdenes de retención por no pago de pensiones alimenticias

Entre
el viernes 31 de julio y el jueves 6 de agosto, el Juzgado de Familia
de Punta Arenas tramitó más de 1.900 órdenes de retención de la
devolución de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y
solicitudes de liquidación con orden de retención por concepto de deuda
en la pensión alimenticia. Este número corresponde a aproximadamente el
90 por ciento de todas las causas del juzgado y casi alcanza a todo lo
que se tramitó en el mes de junio, que fueron poco más de 3.300 causas.
¡Increíble la cifra magallánica! Es un drama moral del que nadie habla:
la grave situación que aqueja a un sinnúme
ro
de niños que no reciben siquiera lo necesario para sobrevivir por parte
de sus padres. Carmen Domínguez Hidalgo, directora del Centro UC de la
Familia y consejera del Colegio de Abogados de Chile, señalaba hace
pocos días en una columna que como ha sido revelado, un 80% de las
pensiones alimenticias ordenadas pagar por un tribunal civil son
incumplidas. De ese porcentaje, a su vez, aproximadamente el 80% son
padres y el otro 20% son abuelos que se ven obligados a cumplir porque
sus hijos —padres— no pueden o no quieren hacerlo. Madres que no asumen
ese deber prácticamente no existen. De este modo, tenemos desde antaño
un número importante de niños que han crecido sin ninguna presencia
paterna, ni siquiera para aportarle lo mínimo que necesita para seguir
creciendo. ¿Puede haber un drama más doloroso que éste? Sin duda,
difícilmente. A la hora de tratar de cambiar esta situación, conviene
tener presente la complejidad que ello plantea en cuanto corresponde a
una realidad casi endémica en nuestro país. Desde hace siglos hemos
tenido un ausentismo paterno caracterizado por un varón que se resiste a
comprometerse con la madre de sus hijos y con estos últimos. Debido a
ello, por ejemplo, la normativa de filiación debió ser progresivamente
reformada hasta llegar a la situación actual, en la que el padre puede
ser forzado a reconocer a su hijo mediante las acciones de reclamación
de paternidad y la presunción de paternidad que surge de la negativa a
practicarse las pruebas periciales biológicas que pueden ser ordenadas
de
oficio
por el tribunal de familia. A su vez, esta situación específica en
materia alimenticia tampoco es reciente, sino que se presenta desde hace
años. Para reforzar su cumplimiento numerosas reformas han sido
introducidas en el tiempo, todas tendientes a mejorar el cumplimiento
del pago de las pensiones alimenticias. Pese a ello, la obligación legal
de contribuir a la subsistencia de sus hijos no ha sido internalizada
por numerosos padres.

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