Palabras, palabras…

En el numeral 278.-
(Borrador de la nueva constitución para Chile) Artículo 13.- “Derecho a
la seguridad social. La Constitución garantiza a toda persona el derecho
a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad,
solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación,
sostenibilidad y oportunidad”.

El
diccionario DRAE dice que UNIVERSAL significa: Que comprende o es común
a TODOS en su especie, SIN excepción de ninguno. Que pertenece o se
extiende a TODO el mundo, a todos los países, a todos los tiempos.

Cuando
está escrito en la carta fundamental del país que el derecho a la
seguridad social está basa en el principio de UNIVERSALIDAD, y luego en
el siguiente párrafo declara: “La ley establecerá un Sistema de
Seguridad Social público, que otorgue protección en caso de enfermedad,
vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo,
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en las demás
contingencias sociales de falta o disminución de medios de subsistencia o
de capacidad para el trabajo.”

Está
claro que esto significa que TODOS sin distinción y discriminación, sin
que haya aportado o quien aportó con su trabajo recibirá un Jubilación,
se despierta una pregunta ¿de dónde el estado sacará los recursos para
CUBRIR y CUMPLIR con este compromiso legal?

Por el señor Stingo con tanta vehemencia (casi demencia) “dijo tu platita ya no será tuya, será de todos”.

La
universalidad significa que todos los seres humanos tienen los mismos
derechos humanos simplemente por su condición de ser humanos,
independientemente de donde vivan y quienes sean, así como de su
situación o características particulares.

Más
palabras, mientras escribo esto recordé una canción que mi madre
cantaba de SILVANA DI LORENZO – PALABRAS, PALABRAS tan solo palabras,
integralidad, unidad, igualdad.

La
integralidad, unidad, igualdad: una consistente doctrina proclamando
la universalidad, interdependencia e indivisibilidad de los derechos
humanos se inicia con la Proclamación de Teherán de 1968 y resulta
decididamente impulsada en la Declaración de Viena adoptada por la
Conferencia Mundial de Derechos Humanos de 1993.

Parece
todo muy bonito, pero esto debe estar respaldado no con más palabras
sino con un piso en recursos de capitales es decir RIQUEZA, dólares,
metales preciosos etc.

Continúa
este párrafo de del derecho a la seguridad social diciendo: La ley
establecerá un Sistema de Seguridad Social público, Le corresponderá al
Estado definir la política de seguridad social. Ésta se financiará por
trabajadores y empleadores, a través de cotizaciones obligatorias, y por
rentas generales de la nación. Los recursos con que se financie la
seguridad social no podrán ser destinados a fines distintos que el pago
de los beneficios que establezca el sistema.

Ya
para terminar, soy un simple ciudadano leyendo este borrador, pero
desde ya divierto peligros, si en definitiva TODO queda en manos del
estado y el estado es dirigido por POLÍTICOS, al cual llámanos GOBIERNO
DE TURNO. ¡¡¡¡¡Aquí yace el PELIGRO!!!!!

Atención Ciudadanos Conscientes Chile nos necesita!!!

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