Peligro y contaminación visual por cables aéreos en desuso

Recorrer
las calles de Punta Arenas para muchos puede ser un agradable paseo al
aire libre, un caminar tranquilo, sin contaminación de esmog, muy
distinto a lo que ocurre en otras ciudades del país. No obstante, y pese
a este tipo de privilegios que nos ofrece nuestra capital regional con
un aire limpio y puro, al recorrer las calles, tanto del centro de la
ciudad como en sus barrios y poblaciones, nos encontramos con una
contaminación visual que ya se ha hecho común a nuestras miradas. Nos
referimos a los cables que se ubican en los postes de luz, que están en
desuso, sueltos, a baja altura y que representan un peligro para la
comunidad, una comunidad que por año ha visto cómo su entorno se está
contaminando visualmente ante este hecho.

Debemos
decir que desde año 2007 está vigente en nuestra comuna una ordenanza
municipal que estableces reglas claras en esta materia, como, por
ejemplo, quiénes son finalmente los responsables del retiro de estos
cables en desuso, colgando o bien a baja altura, los que provocan una
contaminación visual, la cual hay que erradicar aplicando las normas
vigentes en esta materia, normas que los vecinos y vecinas piden ponerla
en práctica para terminar con esta constante.

Al
respecto, la ordenanza municipal vigente desde el 14 de septiembre del
año 2007, que lleva el número 2798, la cual consta de 32 artículo,
establece, por ejemplo, en el artículo 11, lo siguiente: “Las empresas
propietarias de postes (en este caso la empresa eléctrica en Magallanes)
emplazados en bienes nacional de usa público deberán mantener
identificados los postes con el nombre de la empresa, así como
fiscalizar y mantener en perfectas condiciones los tendidos aéreos
apoyados en los postes –propios o de terceros-, no permitiendo cables
cortados, colgados a baja altura o cualquier otra forma que atente
contra la seguridad de las personas y la contaminación visual”.
Claramente, si nos vamos a la letra de este artículo, por ahora nada de
lo que dice se está cumpliendo, motivo por el cual se necesita dar curso
a lo establecido.

De
igual modo, el artículo 28 de esta ordenanza dice, entre otros
conceptos, que “en sectores de tendido aéreo las empresas concesionarias
de servicios eléctricos y las empresas titulares de telecomunicaciones u
otros, solo podrán mantener cables y demás en uso, a fin de evitar
contaminación con cables y equipos que no sean necesarios, y de existir
cables sin utilización, la empresa respec
tiva
deberá retirarlos a la brevedad”. Claramente no existe tal nivel
compromiso y cumplimiento de las empresas, sobre todo cuando se recorre
la ciudad y se pueden apreciar cables sueltos y a baja altura.

Quizás
muchos no recuerden que el 8 de septiembre del año 2017 una joven que
iba en su moto sufrió un grave accidente a raíz de un cable a baja
altura que le dejo una herida en su cuello, accidente que pudo terminar
en tragedia. Por tal motivo no queremos lamentar hechos de estas
características, como tampoco queremos seguir viendo está contaminación
visual. Es por ello que, por el bien de todos, llamamos a las empresas
responsables a cumplir esta ordenanza municipal, como a su vez a la
municipalidad a poner en práctica esta normativa que busca tener un
a ciudad menos contaminada visualmente y más segura.

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