Proyecto de ley sobre descentralización financiera

Por
mensaje del Ejecutivo, en Boletín N° 13.815-05, se ingresó a
tramitación un proyecto de ley que fortalece la descentralización
financiera de los gobiernos regionales, establece normas sobre
responsabilidad fiscal y crea determinados fondos para ser administrados
por los entes subnacionales.

La
idea rectora de dicho proyecto de ley, es regular una serie de aspectos
relacionados con los recursos con que contarán los gobiernos regionales
para ejercer sus funciones, pero donde se estarían entregando tareas a
la figura del delegado regional presidencial, que son una intromisión
injustificada a las materias que son de conducción del gobierno
regional, relegando sus atribuciones, por lo que dicho proyecto de ley
contradice la noción misma de descentralización.

Así,
por ejemplo, en el texto en tramitación se propone la intervención del
delegado presidencial y seremis en el anteproyecto regional de
inversiones (ARI), que en la actualidad es conducido por el gobierno
regional. Más aún, a pesar que este anteproyecto debe ser elaborado por
el Gobierno Regional, la propuesta indica que los ministerios deberán
proporcionar al delegado presidencial, a sus secretarios regionales
ministeriales, y a los jefes de servicios y directores regionales, y no
al gobernador regional, orientaciones e información necesarias relativas
a las inversiones y actividades a ejecutar en la región en el año
siguiente.

También
se subordina la resolución de diferencias entre el gobierno regional y
algún ministerio en la formulación de los respectivos presupuestos, a la
Subsecretaría Regional de Desarrollo Regional y Administrativo, es
decir, a un ente que forma parte del mismo Gobierno Central, del cual
dependen los ministerios con que se tiene la disputa.

Algo
similar acontece, cuando entrega al Ministerio del Interior y Seguridad
Pública y al Ministro de Hacienda, el procedimiento de elaboración del
anteproyecto regional de inversiones, la forma en que ejercerá la
coordinación el delegado presidencial regional, las etapas y los plazos
que correspondan, y demás disposiciones que sean necesarias para su
implementación. En otras palabras, el gobierno nacional establece las
reglas en que debe operar el gobierno regional, lo cual, a todas luces,
atenta contra la autonomía que se dice debe inspirar la nueva normativa y
genera una intromisión innecesaria.

Somete
también al gobierno central la remisión del presupuesto regional a
través de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, y el
Ministerio de Hacienda, lo que resulta inoficioso, en tanto el Gobierno
Regional como órgano independiente del Gobierno Nacional, puede
perfectamente canalizar su propuesta presupuestaria.

De
la sola lectura del texto del anotado boletín N° 13.815-05, es claro
que se está poniendo un freno al actuar que pueden tener los gobiernos
regionales, disfrazado de “fortalecimiento de la descentralización
financiera”, de lo cual el proyecto de ley carece.

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