Viviremos otra realidad a partir de la elección de los Gobernadores Regionales y la plena vigencia del DFL 1 -19175 que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, por eso en estas columnas abordaré el tema. Aquí acompaño la ley.
Dialogando sobre esto, la primera incertidumbre que nos aparece en esta tarea, era saber si había claridad de que hablaríamos o cómo correspondía llamar al proceso que se inicia. Si teníamos claridad en que entre los frutos que se esperan del proceso, está alcanzar mayores logros en la consecución del bien común, de una mayor equidad tanto social como territorial, comunidades integradas en nuestro territorio nacional, regional y local. Hablaremos por cierto de cómo la Nación, establece sus relaciones de poder y autonomías, para lograr ese bien común, en el sentido más amplio de ese término, suponiendo que ese es nuestro objetivo como sociedad.
Primero señalar que en todo el quehacer, es necesario considerar el justo equilibrio, entre las partes y el todo, entre el prestador de servicios y el sujeto de la atención, entre clientes y empresas, entre autoridad y ciudadanos, entre los adherentes y sus partidos.
No puede haber dudas respecto a que las instituciones para lograr el cumplimiento de sus objetivos esenciales, deben ser capaces de distribuir tareas, responsabilidades, dar derecho y deberes entre sus partes, esto que parece tan evidente es lo que tanto nos ha costado implementar en la vida nacional, en un país como el nuestro, que tiende a confundir autoridad con autoritarismo, unidad con sumisión.
Es tan evidente esta necesidad que organizaciones tan unitarias como las FF.AA., por las realidades climáticas, geográficas, geopolíticas y logística nacional ya en los 60 crean la Región Militar Austral, sus labores en el ámbito de la defensa son planificar, organizar, coordinar entrenamiento conjunto, organizar fuerzas de apoyo en las emergencias y catástrofes con actividades conjuntas entre la V División de Ejército, la III Zona Naval y la IV Brigada Aérea, es la única organización de las FF.AA., que trasciende el mando de cada institución, pasándose a ejercer por el comandante en jefe de la RMA o en los días actuales por el Jefe del Comando Conjunto Austral, es la única institución que se hace depender directamente del Ministerio y no de la subsecretarias. La posibilidad, de quedar desconectados de Chile continental en un teórico conflicto, obliga a esta autonomía, sólo así se podrá facilitar el cumplimiento del objetivo organizacional. Cito este ejemplo esperando dejar sentada la necesidad que tiene toda organización de ser flexible, de ser capaz de reconocer sus diferencias en la unidad de objetivos, de ceder la propia autoridad central, para el mejor logro del fin común.
Hay al menos tres conceptos subyacentes en el intento de abordar la tarea que son Descentralización, Desconcentración y Regionalización. De la lectura de diversos autores surgen algunas definiciones y pistas, veamos el primero de ellos.
Descentralización: Visto como el acto y la consecuencia de delegar parte del poder que ejerce un organismo central único a diferentes entidades o corporaciones. Así por ejemplo en un Estado descentralizado, los gobernantes en el territorio deciden de forma independiente según sus competencias. Este traslado de competencias suele tener por sujetos a un órgano de carácter central frente a otro de competencia territorialmente limitada, por ejemplo desde un ministerio a un gobierno local o regional. La delegación puede también darse de otra forma conocida como desconcentración desde un órgano jerárquicamente superior a otro inferior aún cuando tengan la misma competencia territorial. Por esta semana hasta acá y no olvide que con el voto decidimos el futuro, el domingo 29 de Noviembre, deberemos tomar la primera de varias decisiones, en la primera primaria para Gobernador Regional, mi opción es por Juan Francisco Miranda. Usted decide, buena semana.