Sobre el gobernador regional

Hemos
sido testigos del tremendo avance logrado en descentralización
territorial con la elección del gobernador regional, quien será la
máxima autoridad del Gobierno Regional, hito que legitima a dicho
organismo y que constituye parte de la descentralización en su esfera
política, al permitir que sea la misma ciudadanía, en una expresión de
democracia, quien seleccione al mejor aspirante para ocupar tan
relevante cargo, que hasta esta data, era designado por el Presidente de
la República en la figura del intendente regional.

Se
ha cuestionado, no obstante, la aparente carencia de atribuciones del
Gobernador Regional, catalogándolo -falsamente- como una simple figura
decorativa. Nada más alejado de la realidad, puesto que el gobernador
regional será el continuador de todas y cada una de las funciones que el
intendente regional ejerce, en tanto órgano ejecutivo del Gobierno
Regional, agregándose a ello la presidencia del Consejo Regional, tarea
que en la actualidad es asumida por uno de los consejeros regionales.

Entre
las labores que le corresponden al Gobernador Regional, se encuentran:
la formulación de políticas de desarrollo de la región, para reducir la
pobreza, fomentar la creación de empleos y promover el desarrollo de los
habitantes de la región; someter dichas políticas, estrategias y
proyectos al Consejo Regional y proveer su ejecución una vez aprobados
por el órgano colegiado; junto con informarle las proposiciones de
programas y proyectos que los demás Órganos del Estado, las
Municipalidades y las Empresas del Estado vayan a ejecutar en el
territorio. También le corresponde diseñar el proyecto del presupuesto
de inversiones y proponer su distribución al Consejo Regional, además de
plantear la celebración de los convenios de programación y los
reglamentos regionales. Igualmente, representa judicial y
extrajudicialmente al Gobierno Regional; administra sus bienes y
recursos; nombra y remueve funcionarios de su confianza; y coordina,
supervigila o fiscaliza a los servicios públicos que dependan o se
relacionen con el Órgano Subnacional, siendo el jefe superior de los
servicios administrativos de éste.

Asimismo,
se relaciona mucho más fluidamente con el Consejo Regional,
convocándolo, presidiendo sus sesiones con derecho a voto y sometiendo a
su consideración una serie de instrumentos de gestión, así como, el
anteproyecto regional de inversión, dando cuenta en el mes de mayo de
cada año de su gestión, acompañando el balance de la ejecución
presupuestaria y el estado de situación financiera.

Como
se aprecia, el gobernador regional es el continuador del intendente
regional, como órgano ejecutivo del Gobierno Regional, entidad esta
última, que ha funcionado desde su creación en el año 1992, de manera
que desconocer las atribuciones de la nueva autoridad, es muestra del
desconocimiento de lo que se hace en los territorios subnacionales.

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