Por
segunda semana consecutiva, me siento obligado a responder la columna
de mi querida amiga y ex-consejera constitucional, Jessica Bengoa, quien
en su publicación de ayer sostiene que la propuesta que votaremos el 17
de diciembre sería “antitrabajadores”, pues en lugar de “fortalecer los
derechos del trabajo, retrocede y los empeora”.
Son
tantos los errores y tergiversaciones en su argumentación que, en este
espacio, solo puedo exponer algunos conceptos generales:
Lo
principal es que la propuesta no implica ningún retroceso desde el
punto de vista constitucional, que es lo que importa de cara al
plebiscito. Para ello, basta contrastar los números 16 y 19 del artículo
19 de la constitución vigente con los números 26 y 27 del artículo 16
de la propuesta (relativos a trabajo y sindicatos), para darse cuenta
que existe una base común, respecto de la cual únicamente se avanza.
Así,
mientras que la constitución actual garantiza “la libertad de trabajo y
su protección”, la propuesta garantiza “el derecho al trabajo decente, a
su libre elección y contratación”, agregando que este derecho consiste
en “el acceso a condiciones laborales equitativas, la seguridad y salud
en el trabajo, así como a una remuneración justa, al descanso y la
desconexión digital, con pleno respeto de los derechos fundamentales del
trabajador en el marco de la relación laboral”. La norma análoga de la
constitución actual solo dice que “toda persona tiene derecho a la libre
contratación y a la libre elección del trabajo con una justa
retribución”. La propuesta de constitución, además, señala “la ley
promoverá la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el
ejercicio del derecho al trabajo decente”, disposición que no existe en
la constitución actual. Cabe preguntarse, entonces ¿dónde están los
retrocesos?
En
segundo lugar, critica -en lugar de valorar- la constitucionalización
de ciertos principios contenidos en la ley, como la igualdad salarial
entre hombres y mujeres. Eso no es un retroceso, sino que un nuevo
avance: la inclusión de estas reglas en la constitución realza su
importancia y evita que sean dejadas sin efecto en el futuro.
La
columna, además, entrega una serie de datos de la realidad chilena, que
ninguna constitución podría cambiar, pues se trata de una ley y no de
una varita mágica. Dicho esto, la propuesta sí entrega herramientas,
como la sala cuna universal y gratuita, que bien implementadas debiesen
ayudar a contar con una mayor participación femenina en el mundo
laboral.
Finalmente,
si bien es cierto que la propuesta podría haber ido más lejos en lo
relativo al derecho a huelga (que quedó regulado en los mismos términos
que en la Constitución vigente, por lo que ahí tampoco hay retrocesos),
no es cierto que esta falta de avances sea atribuible al Partido
Republicano. Fueron los expertos de izquierda quienes negaron sus votos a
una indicación de Chile Vamos (Obs. 130/2) que establecía la huelga
como un derecho (de aplicación general) para la defensa de intereses
laborales. Pareciera ser que, en ese entonces, los partidos que el año
pasado querían aprobar un mal texto constitucional para Chile ya habían
decidido votar En Contra de esta propuesta, con prescindencia de sus
contenidos, respecto de los cuales ni siquiera se muestran capaces de
debatir con la verdad.