Conductor ebrio no podrá volver a manejar de por vida tras grave atropello y darse a la fuga

En
un juicio abreviado realizado ayer en el Juzgado de Garantía, se
condenó a un conductor que en estado de ebriedad atropelló a dos
personas y se dio a la fuga; no podrá a volver a manejar de por vida.

En
la audiencia realizada ayer, el acusado Bastián Rebolledo Bosch, aceptó
la acusación de la Fiscalía, evitando ir a un juicio oral, siendo
condenado de inmediato.

De
acuerdo a la acusación de la Fiscalía, la madrugada del día 3 de
noviembre de 2018, aproximadamente a las 4.30 horas, las víctimas
Gerardo Alonso Caucamán Aguilante y Bernardo Jacob Almonacid Altamirano,
se encontraban descendiendo de un vehículo en la intersección de calle
Errázuriz con avenida España de Punta Arenas, cuando el acusado Bastian
Hernaldo Rebolledo Bosch, quien se desempeñaba como conductor del
vehículo Volkswagen Golf, atropelló a ambos, causándoles lesiones
graves, no deteniendo la marcha del vehículo ni prestar ayuda posible,
ni dar cuenta a la autoridad, emprendiendo la huida, llegando hasta el
sector de calle Manuel Señoret y estacionándose frente al número 1269,
dejando las puertas abiertas e ingresando al domicilio. Posteriormente,
Carabineros, en búsqueda del vehículo del acusado, lo encuentra en el
lugar señalado, con rastros de haber participado en un accidente de
tránsito, hallando además en el móvil documentación perteneciente al
acusado. Por esta razón se entrevistaron con la madre de Rebolledo
Bosch, quien indicó que su hijo había llegado en momentos previos y en
estado de ebriedad. Además, agregó que el vehículo al exterior era de su
propiedad, autorizando el ingreso de los funcionarios policiales,
verificando estos que al interior de la casa se encontraba el acusado en
estado de ebriedad. Esto por su hálito alcohólico, rostro
congestionado y demás rasgos característicos del consumo inmoderado de
alcohol. A este respecto, se hace presente que el acusado se negó de
manera injustificada a realizarse el examen intoxilizer, además del
examen de alcoholemia, de lo cual quedó constancia en el respectivo dato
de atención de urgencia del Hospital Clínico de Magallanes, junto con
certificar su estado de ebriedad.

Tras
el accidente, la víctima Gerardo Caucamán resultó con lesiones graves,
consistentes en “fractura de pierna derecha”, en tanto que Bernardo
Almonacid con “policontusión” y “fractura en el peroné
derecho”, igualmente de carácter grave.

Con
estos antecedentes, al joven imputado se le condenó a la pena de 541
días de presidio, por el delito de manejo en estado de ebriedad,
causando lesiones graves, mientras que por el delito de darse a la fuga
sin prestar ayuda ni dar aviso a la autoridad policial más cercana, 61
días de presidio y la inhabilitación perpetua para conducir vehículos
motorizados. En relación a la
pena privativa de libertad, se le sustituyó por la remisión condicional de la pena (firma ante gendarmería) por tres años.

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