“Consumo personal” fue el argumento que absolvió a imputado por cultivar cannabis sativa

Durante
la mañana de ayer se efectuó una audiencia de juicio oral por
videoconferencia, instancia en que el Ministerio Público acusó a un
ciudadano de Puerto Natales por el delito de plantación y cultivo de
cannabis sativa sin la referida autorización.

El
hecho ocurrió a las 00.10 horas del 31 de marzo del año pasado, cuando
el acusado identificado como Yor Palacio Palacio se encontraba en su
domicilio manteniendo al interior un cultivo indoor de seis plantas de
cannabis sativa, además de un contenedor con más de 53 gramos de
marihuana a granel, lo cual fue constatado por Carabineros, quienes lo
sorprendieron y procedieron a su detención.

Pese
a lo anterior, la defensora penal María Fernanda Benavides logró
acreditar que dicho cultivo estaba destinado al consumo personal de su
representado, y que en ningún caso dicha conducta atentaba contra la
salud pública, bien jurídico que pretende cautelar la ley 20 mil.

“Nuestro argumento era que el cultivo
solo puede ser sancionado como tal cuando está destinado a una difusión
posterior incontrolada de la sustancia que se cosecha en la población,
es decir, cuando está destinada a la venta o distribución, pero si está
destinada al consumo personal y próximo en el tiempo, en ningún caso hay
una puesta en peligro de la salud pública puesto que a lo más existiría
una autolesión de la propia vida, lo cual no tiene ningún interés penal
y no sería constitutivo de delito alguno”, explicó la abogada.

A
su vez, recalcó que el cultivo para el consumo personal no requiere de
una autorización, que en este caso lo otorga el Servicio Agrícola y
Ganadero (SAG) porque “lo que importa es que la conducta que se pretende
sancionar con la Ley 20.000 tiene que necesariamente poner en peligro
la salud pública”, complementó.

El
imputado prestó declaración en el juicio aseverando ser consumidor
desde los 15 años hasta la fecha, haciendo esto como una elección de
vida, como una forma de relajación y también para el manejo de algunos
dolores propios de su trabajo de carpintería, debido a que sufre una
tendinitis crónica.

Con
estos antecedentes, los magistrados Jovita Soto, Jaime Álvarez y
Octavio Flores, que integraron la audiencia virtual, decidieron absolver
de los cargos al ciudadano natalino, sin embargo, desde el Ministerio
Público indicaron que en los próximos días presentarán
un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.


El acusado alegó que el consumo de la marihuana es “una elección de vida”.

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